Una residencia de Santiago logra que la Justicia la autorice a vacunar a una usuaria, en contra de la decisión familiar

Patricia Calveiro Iglesias
P. Calveiro SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO CIUDAD

ANA GARCIA

Desde el centro de mayores de San Lázaro explican que elevaron el caso, que afecta a una persona incapacitada, «por el bien común de los residentes y de los trabajadores»

18 ene 2021 . Actualizado a las 17:09 h.

En la residencia de mayores que la empresa DomusVi tiene en Compostela no deja de sonar el teléfono. Su directora, Gloria García, explica que desde las ocho de la mañana no ha parado de recibir llamadas. ¿El motivo? Una decisión judicial que ha abierto el debate sobre un tema sensible. En ella se autoriza a vacunar contra el coronavirus a una usuaria incapacitada, aunque su hija se negase expresamente a ello.

Desde el centro de mayores del barrio de San Lázaro explican que elevaron el caso a la Fiscalía y al juzgado competente tras conocer la oposición familiar. Tomaron esta decisión después de haber sufrido decenas de pérdidas en el último año a causa de esta enfermedad y lo hicieron, destacan, «por el bien común de los residentes y de los trabajadores, que están entre la población de extremo riesgo». Confirman que por el momento no se ha vacunado en la residencia compostelana a ninguno de sus usuarios pero, cuando llegue el momento, el auto judicial los respalda para que se le administre también a ella. 

El auto firmado por Javier Fraga Mandián, magistrado del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago, se emitió en tiempo récord, justo el día anterior a cuando estaba previsto administrar la primera dosis en la residencia santiaguesa (este domingo), aunque finalmente y por causas externas se ha visto retrasada hasta este sábado. La dirección de DomusVi San Lázaro informó a los familiares, entidades tutelares y tutores legales de que se iba a poner la primera dosis a los internos la semana pasada, ante el calendario planteado en principio por el Sergas. Y, de sus 120 residentes, solo les manifestaron en este único caso su desacuerdo. Fue, indican, pensando en esos mayores y en otras tantas personas que trabajan en el centro compostelano, cuando optaron por intervenir buscando el respaldo judicial. 

La instrucción judicial, respaldada por un informe forense que avala el deterioro cognitivo de la interna de 84 años y justifica la conveniencia para su salud de ser vacunada, quedaría invalidada solo en el caso de que la afectada recuperase su capacidad de discernir y voluntariamente se negase, o bien si en futuros exámenes médicos se desaconsejase. La resolución autoriza también las dosis posteriores que garantizan la efectividad de la vacuna, aunque no es un fallo en firme y contra él cabe aún un recurso de apelación.

Entre los argumentos esgrimidos por la hija ante el juez, estaba que, desconociendo los efectos secundarios, les parecía más sensato esperar para saber si tenía repercusiones adversas indeseadas entre los primeros vacunados antes de someter a su madre a posibles riesgos. Además, según apunta el auto judicial, ella reparó en la responsabilidad que implica decidir por una persona que no es capaz de hacerlo por sí mismo, así como de las presiones que recibía por parte de sus otros hermanos para evitar que administrasen a su madre la vacuna contra el coronavirus. Una postura, al parecer, en la que estaban todos de acuerdo. 

El juez considera que, aún siendo cierto que cualquier tipo de vacunación supone un riesgo y puede conllevar una serie de reacciones, el riesgo también «se incrementa, de manera indudable, a medida que la administración de la vacuna se demora y el número de contagios aumenta porque, en la misma progresión, es previsible que lo haga la posibilidad de contraer la enfermedad». Por tanto, destaca, la oposición familiar «confronta con los intereses de la residente concernientes al mantenimiento de su estado de salud y evitación de riesgo vital».

Es la primera vez desde que el pasado 27 de diciembre comenzó la campaña de vacunación contra el coronavirus en España que un juez obliga a inocularla, según destaca la agencia Colpisa. Javier Fraga explicaba ayer, en declaraciones al programa de televisión Cuatro al día, que se trata esta de una actuación jurisdiccional de orden civil, que en principio atañería a los juzgados de primera instancia, pero dada la urgencia se asumió la competencia en el juzgado de guardia compostelano.