El Supremo obliga a indemnizar a un niño con síndrome de Down por un fallo en la amniocentesis

La Voz MADRID/EFE.

SOCIEDAD

12 ago 2010 . Actualizado a las 02:23 h.

El Tribunal Supremo condena en una sentencia a la Universidad Miguel Hernández, de Elche (Alicante), a pagar conjuntamente con la Generalitat valenciana 1.500 euros mensuales a un niño con síndrome de Down por no haber detectado la enfermedad en la amniocentesis practicada a la madre. El Supremo admite parcialmente el recurso de la Generalitat contra la condena que le había impuesto el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad en julio del 2008, que consideraba que la mensualidad debía pagarla exclusivamente el Gobierno valenciano. El tribunal autonómico también condenaba a la Generalitat a indemnizar a los padres con 150.000 euros, extremo que confirmó el alto tribunal. El Supremo determina que al pago de la cantidad mensual asignada al niño quedan obligadas «con carácter solidario» la Administración autonómica valenciana y la Universidad Miguel Hernández, de Elche, por su actuación conjunta en el procedimiento médico. Los hechos se produjeron el 15 de noviembre del 2003, cuando la madre, embarazada, acudió al Hospital General de Elda (Alicante) para someterse a la amniocentesis.