La ley que inquieta a fiscales y padres: los tutores de incapacitados serán asistentes

e. v. pita VIGO / LA VOZ

SOCIEDAD

CAPOTILLO

En unos meses se introducirá esta reforma legal que da más autonomía al discapacitado

03 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El fiscal de Protección de Menores y Personas con Discapacidad de Vigo, José Ramón García Palacios, constató en unas recientes jornadas jurídicas la «preocupación» de los padres de incapacitados por la próxima reforma legal que suprimirá la tradicional figura del tutor para sustituirla por las del asistente o ayudante, las cuales se fomentarán. En la práctica, serán los mismos familiares quienes hagan de asistentes. El cambio adaptará la actual ley española sobre procedimientos de tutela a la convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad. La reforma también hará desaparecer la rehabilitación o la prórroga de la patria potestad sobre el hijo mayor de edad y discapacitado que sigue viviendo en casa. Además, cambiará el procedimiento judicial. «No se sustituye a la persona que toma las decisiones, como hace el tutor, sino que ahora al discapacitado se le apoyará y se va contar con su voluntad y opinión», explica García Palacios.

El fiscal ve «inquietudes» de los padres porque «se preguntan qué va a pasar con lo suyo, con el rehabilitador». Se dio cuenta en el turno de preguntas de una charla sobre la protección jurídica de personas con discapacidad que impartió en Vigo en octubre junto a otros ponentes y organizada por el Colegio Notarial de Galicia y la Fundación Aequitas y la Fundación Tutelar Sálvora.

Añade que es una reconversión de quienes tienen la tutela o la patria potestad rehabilitada. En cuanto a los interesados, lo único que van a ganar es en autonomía de la voluntad porque podrán tomar decisiones con ayuda del asistente y, en ciertas condiciones, ejercer derechos que antes no podían. «Es un cambio muy importante porque intenta reintegrarles la capacidad», indicó.

Palacios explica que la clave para entender el cambio es que antes el tutor, generalmente un padre, necesitaba autorización judicial para tomar decisiones en nombre de su hijo incapaz. Ahora, este proceso se agiliza porque es el propio interesado el que decide, siempre asesorado y apoyado por la figura del asistente, que se entiende que será su familia.

El experto explica que el espíritu de la reforma «parte de la base de que todos somos iguales y de la presunción de capacidad. Al interesado, a la persona que tiene un diagnóstico médico, en vez de nombrarle un tutor se le pone un asistente y se le permitirá disfrutar de capacidades que ahora no tiene hasta el punto de testar, dictar testamento, o votar al restituirle el derecho del sufragio. Van a poder hacer todo con la ayuda del asistente. Se elimina la ecuación entre incapacidad y privación del derecho a votar. La persona da su opinión», dice.

Palacios señala que el anteproyecto «tiene todos los visos de prosperar, es cuestión de meses» y adaptará lo ya existente a la convención de la ONU. Su implementación no requiere de un reglamento que desarrolle el presupuesto como las leyes de violencia de género o de dependencia, «cuya ley falla porque no hay un ordenamiento que diga cómo se va a costear». Pero en este caso, «esta ley no necesita dinero, todos los partidos están a favor y nace tarde porque es para adaptarla a los postulados de la convención de la ONU del 2006 y de obligado cumplimiento en España desde el 2008. Llevamos diez años de retraso». Antes un discapacitado total tenía un tutor y se le privaba del derecho a votar. «¿Por qué? Estamos intentando reintegrar la capacidad aunque solo sea para el ejercicio del derecho al sufragio», se pregunta.

Plantea como ejemplo la situación en la que a una persona le prohíben conducir por una dolencia en el pie. «Eso no quiere decir que un día se cure y recupere ese derecho. Pues, aquí lo mismo. Todos tendrán derechos, como votar, se va a poder hacer todo sin necesidad de que nadie lo represente. Lo mismo ocurrirá con las cuentas bancarias. La esencia de la reforma es que se va a contar con la autonomía de la voluntad del afectado», dice. Tendrá capacidad para ciertas cosas y «dar su opinión» y luego la nueva figura le ayuda. Todavía hay que desarrollar la ley, implementar sus disposiciones transitorias, pasará el período sin aplicarla (la llamada vacatio legis), una espera para que entre en vigor y las adaptaciones.

Aún no se sabe cómo se hará el proceso de retroactividad con los expedientes ya abiertos. Los expedientes de incapacidad actuales se seguirán tramitando y controlando las tutelas porque nadie ha modificado el artículo que establece que los fiscales son los «superiores vigilantes» de las tutelas.

Más de mil litigios al año en Galicia para declarar la incapacidad con vigilancia de la gestión de los tutores    

Otro de los cambios que contempla la reforma se refiere al ámbito judicial. «Ya no va a ser un juicio oral salvo que sea contencioso. Si no hay procedimientos contenciosos, si es amigable, será una jurisdicción voluntaria», dice el fiscal. Los juzgados de familia de Galicia tramitan un millar de procedimientos de modificación de capacidad cada año. Según la memoria del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en el 2017 hubo 1.019 pleitos de este tipo, de los que se contabilizaron 301 en A Coruña, 212 en Santiago, 194 en Ourense, 90 en Pontevedra y 222 en Vigo.

Los tribunales no solo deben decidir sobre la incapacitación de una persona (ya sea parcial o total) sino también sobre los internamientos, unas veces de ancianos que ya no se valen por sí mismos en geriátricos y otras de personas con graves problemas psiquiátricos. En Galicia, en el 2017, se tramitaron 2.828 demandas de internamiento, sobre las que el juez tuvo que acordar.

Como curiosidad, un tribunal de familia de Pontevedra estudió la posible estirilización de una persona incapacitada.

En los procesos de incapacidad, ha de acudir un forense y el juez a examinar a dicha persona. En el caso de los mayores, el juez hace preguntas sencillas como qué se puede comprar con un euro o cuál es el nombre del propio interesado. Una vez evaluado y declarado incapaz, se le nombra un tutor, generalmente, alguien próximo de la familia, que lo representará.

Actualmente, el tutor dirige todas las acciones de la persona incapacitada y gestiona sus intereses, incluido su patrimonio. Por eso, una vez al año deben enviar un informe al juez para rendir cuentas de su gestión y de los movimientos bancarios. El fiscal y el magistrado velan por que no haya abusos ni se despilfarre el dinero del interesado, sobre todo si percibe una pensión mensual del Estado o la Xunta.