Estado de alarma a la carta sí, pero con «disparates» no

María Hermida
María Hermida REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Controles en Sarria durante el estado de alarma declarado por el coronavirus en toda España
Controles en Sarria durante el estado de alarma declarado por el coronavirus en toda España ALBERTO LÓPEZ

Catedráticos de Derecho Constitucional señalan que decretar la medida por territorios tiene encaje, pero no como lo dijo Sánchez

26 ago 2020 . Actualizado a las 08:57 h.

Pedro Sánchez dijo ayer que las comunidades autónomas tienen vía libre para pedir que se declare el estado de alarma en todo su territorio o en parte del mismo. Vamos, para que haya estados de alarma a la carta en cuestión territorial. Hasta ahí, el presidente no señaló nada que no esté claro como el agua en la ley de los estados de alarma, excepción y sitio. El problema es que la alocución de Sánchez no paró ahí. Y que, en su intento de dejar bien claro que la pelota de las medidas drásticas para intentar doblegar la curva de la pandemia está en el tejado de las comunidades y no en las del Gobierno central, se excedió sobremanera. Al menos, es lo que interpretan, prácticamente con una sola voz, tres catedráticos de Derecho constitucional consultados, que señalan que el presidente acabó «diciendo auténticos disparates».

¿Tiene encaje legal la declaración del estado de alarma por comunidades, qué trámite conlleva?

Roberto Blanco Baldés, Carlos Ruiz Miguel y Juan María Bilbao, catedráticos de Derecho Constitucional, señalan que esa declaración sí tiene encaje porque se recoge en el artículo cinco de la Ley de los estados de alarma, excepción y sitio.

Según explican, el trámite que conlleva es que el presidente de la comunidad de turno lo pida y el Gobierno central lo acepte y lo acuerde por decreto el consejo de ministros. «El presidente de la comunidad ni siquiera tiene que informar a su Gobierno o al Parlamento de que lo va a pedir, puede hacerlo por deferencia, pero no está obligado», puntualiza Carlos Ruiz.

¿El Gobierno debe dar luz verde a todas las peticiones de estado de alarma que le pidan?

Sánchez garantizó ayer el apoyo del Gobierno a todos los presidentes que le soliciten el estado de alarma, cediendo así toda la responsabilidad a estos últimos. «Se trata de una irresponsabilidad, de un disparate. Tendrá que esperar a ver lo que le piden para saber si el Gobierno lo acepta o no. Y, por la contra, tendrá que tener claro también qué ocurre si los datos epidemiológicos en una comunidad son malos y las autoridades no solicitan esa declaración», señaló Roberto Blanco Valdés.

«Es una irresponsabilidad lo que dijo. El Gobierno, a la vista de la solicitud, tendrá que decidir si lo acepta o no. Pero es muy irresponsable decir de antemano que sí. Porque quien va a decidir es el Gobierno central, por mucho que lo pida una comunidad, y si hay un recurso contra ese decreto la responsabilidad es del Gobierno», añadió Carlos Ruiz Miguel. «Esto no es, o no puede ser, un cheque en blanco a las comunidades», indicó Juan María Bilbao.

¿Tiene que ir el presidente de una comunidad, tal y como dijo Sánchez, a defender la declaración del estado de alarma?

No, no y no. Los catedráticos de Derecho Constitucional señalan que no tiene ningún sentido que un presidente autonómico acuda al Congreso de los Diputados si hay que pedir una prórroga de un estado de alarma que, aunque sea en su territorio, aprobó el Gobierno. «La ley es clara al respecto, debe ser un miembro del Gobierno el que defienda esa prórroga. Ya sé que Sánchez dijo eso de que quién mejor que el presidente autonómico para defenderlo... pero esto no es qué es lo mejor o lo peor. Esto es lo que dice la ley. No hay más. Insisto, basta con leer la ley», señaló Carlos Ruiz Miguel.

¿Ven necesario que las comunidades pidan el estado de alarma o les parece suficiente con la legislación ordinaria?

Consideran que, con la legislación ordinaria, las comunidades no podían tomar determinadas decisiones, que en algunos casos estaban tomando, y, por tanto, creen que si declaran el estado de alarma se evitarán algunos problemas judiciales que ya habían empezado a acuciar. El problema es que, a juicio de Blanco Valdés, esta medida llega tarde: «Con la legislación ordinaria, las comunidades autónomas podían tomar muchas medidas, como por ejemplo prohibir el consumo de tabaco en la vía pública Pero tienen un límite, que lo marca la Constitución. Sin declararse el estado de alarma, no pueden limitar la libertad de circulación ni establecer límites al derecho de reunión. El Gobierno parecía tenerlo claro durante el confinamiento, cuando repetía eso y otra vez. Pero llegaron las vacaciones y se le olvidó. Algunas comunidades tomaron esas medidas en determinadas zonas y ellos miraron para otro lado».

«Está claro que con la legislación ordinaria no se puede confinar una ciudad ni otro territorio. Pedir la declaración de un estado de alarma en determinado sitio parece excesivo, suena fuerte, pero es la única herramienta para limitar derechos fundamentales», opina Juan María Bilbao.