Más de cien rebajas de condena tras la revisión de la ley del «solo sí es sí» sin que el Gobierno mueva ficha

Javier Arias Lomo COLPISA

SOCIEDAD

Concentración de diputados y senadores del PP para pedir la rectificación de la ley del «solo sí es sí»
Concentración de diputados y senadores del PP para pedir la rectificación de la ley del «solo sí es sí» Javier Lizon | EFE

La Audiencia de Zamora ha sido uno de los últimos tribunales en rebajar la pena a un condenado por violación

08 ene 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno no tiene intención de acometer por ahora ninguna reforma en la ley del «solo sí es sí» —Unidas Podemos sigue negándose—, a pesar de que la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad ha propiciado ya más de un centenar de rebajas de penas a agresores sexuales, con una veintena de excarcelaciones. Entre los casos en los que los tribunales han tenido que reducir las condenas, basándose en el reajuste de los tipos penales de la nueva Ley Integral de Libertad Sexual, más favorable al reo, se encuentran algunos especialmente hirientes, que van desde un condenado por violar a su hija en Zamora al de un abusador múltiple de menores en Madrid, pasando por el inculpado que grabó con su móvil cómo agredía a una mujer con la que había contactado a través de Tinder.

La Audiencia de Zamora ha sido uno de los últimos tribunales en rebajar la pena a un condenado por violación a raíz de la ley del «solo sí es sí». El beneficiado es un hombre declarado culpable de violar repetidas veces a su hija menor de edad en el 2018. La sentencia por la que fue condenado a 13 años y 7 meses de prisión en primera instancia aplicaba circunstancias agravantes de «intimidación y abuso de superioridad». En aquel momento, los magistrados aplicaron la horquilla «de entre 11 y 15 años» de cárcel por tratarse de un delito continuado de violación. Sin embargo, con la nueva ley —que para idénticos casos establece penas de 7 a 15— se le ha atenuado el castigo, y cumplirá 11 años y 2 meses.

Abusador múltiple

La nueva norma obligó a la Audiencia Provincial de Madrid a rebajar en más de cinco años la pena de cárcel inicialmente impuesta a un abusador múltiple de menores el mismo día de la entrada en vigor de la ley, el pasado 7 de octubre. El procesado fue condenado hace justo un año por tres delitos de abuso sexual continuado a otros tantos menores —algunos de edades por debajo de los 16 años—, a los que se sumaron un cuarto abuso sexual y un delito de posesión de pornografía. La pena total alcanzó los 6 años y 9 meses de prisión. Al tener que aplicarse las modificaciones y las nuevas horquillas penales tras la entrada en vigor de la norma impulsada por Igualdad, la pena quedó notablemente reducida: tan solo 1 año y 3 meses. El condenado satisfacía sus ilícitas pulsiones sexuales ofreciendo a varios menores pequeñas cantidades de dinero a cambio de que accedieran a dejarse chupar distintas partes del cuerpo. Pero algunas de las conductas por las que fue imputado el acusado ya no son delito. Varios abusos dejaron de serlo por ser las víctimas mayores de 16 y no mediar violencia.

De 18 a 11 años

Dos hombres condenados a 18 años de prisión por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander tendrán que cumplir finalmente 11 años cada uno. Según los hechos probados, tras pasar la noche de copas con una mujer en varios bares de Santander, ambos invitaron a la víctima a subir a la habitación del hostal en el que se alojaban, donde la agredieron sexualmente. En aplicación de la ley del «solo sí es sí», el tribunal baja de 12 a 7 años la condena por la agresión sexual y de 6 a 4 la impuesta por ser cooperador necesario en la violación cometida por el otro acusado. Es decir, los 18 años totales de la condena original se reducen ahora a 11.

En otro caso, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a 8 años de cárcel a un hombre como autor responsable de un delito de abuso sexual a una menor de 16 años, que era la hija de su entonces pareja. Con la entrada en vigor de la legislación, que bajó a los 6 años la pena mínima a quien realice actos de carácter sexual con un menor de 16 al fundir en un mismo delito el abuso y la agresión, la condena se rebajó 2 años.

Penas atenuadas tras varios abusos utilizando anuncios de trabajo

La Audiencia de Barcelona condenó a un total de 28 años de prisión a un hombre acusado de agredir a varias mujeres a las que engañaba con anuncios de trabajo que eran falsos. Este individuo fue condenado en el 2019 por cinco delitos distintos. Los dos más graves: 15 años de prisión por una agresión sexual y 10 años por un segundo ataque. Es esta segunda sentencia la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revisó a la baja aliviando un año de cárcel al condenado. Los magistrados del TSJ explican que la Audiencia de Barcelona le había impuesto la franja media del delito, que se movía en una horquilla que iba de 6 a 12 años de prisión. Y añade que, con la nueva ley, esos márgenes quedan igual —12 años— por arriba, pero no en su límite inferior, que se rebaja a 4. Por lo tanto, la franja media está en 8. Para «guardar la fidelidad de la decisión» de la Audiencia, el TSJ impone al sentenciado una pena ligeramente más alta: 9 años.