Así es la nueva ley de alcohol y menores: Prohibición de su consumo en centros destinados a niños, controles de alcoholemia y regularización de su venta y publicidad

LA VOZ REDACCIÓN

SOCIEDAD

Restos de un botellón.
Restos de un botellón. ÁNGEL MANSO

La ministra Mónica García incidió en que «el alcohol es perjudicial para la salud y para el neurodesarrollo de nuestros chavales. Y lo que es evidencia científica, desde el Ministerio de Sanidad lo hacemos ley»

30 jul 2024 . Actualizado a las 17:30 h.

El Gobierno presenta este martes su anteproyecto de la ley de Alcohol y Menores. A través de esta nueva normativa, el ejecutivo busca prevenir y reducir el consumo de estas sustancias entre los menores de edad para «proteger» su salud y promover un «cambio cultural» respecto a la percepción de riesgo de estas bebidas.

La ministra de Sanidad, Mónica García, comenzó su comparecencia en rueda de prensa esta mañana con dos máximas: «No existe un consumo de alcohol que no tenga riesgo, y mucho menos para los menores, y el consumo precoz se ha demostrado que tiene consecuencias en el desarrollo. El alcohol es perjudicial para la salud y es perjudicial para el neurodesarrollo de nuestros chavales. Y lo que es evidencia científica, desde el Ministerio de Sanidad lo hacemos ley».

La normativa, según informa Europa Press, deberá volver al Consejo de Ministros tras su tramitación en las Cortes.

Las medidas de la ley de Alcohol y Menores

García explicó que esta norma, de carácter estatal, se ha elaborado en colaboración con el Ministerio de Infancia y Juventud y reúne normas dispersas y algunas ya en vigor en diferentes comunidades. De esta forma, «se prohíbe el consumo en centros educativos durante la celebración de espectáculos para menores, se incorporan medidas de concienciación en ámbito familiar, en el ámbito educativo, sociosanitario, se regula la comunicación, la publicidad y el patrocinio». Tal y como apuntó, el enfoque con el que se trabaja es de orientación educativa, y no punitiva

Las medidas del anteproyecto se implementarán en los siguientes ámbitos:

Ámbito familiar. Implementación de programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores. Se prestará especial atención a familias en riesgo de exclusión social o con menores afectados por el consumo de alcohol.

Ámbito educativo: Nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado.

Ámbito sociosanitario: Desarrollo de protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores, incluir registros de consumo de alcohol en la historia clínica, considerar el contexto familiar de menores con problemas de adicciones y promover actividades de educación para la salud en centros sanitarios, educativos y de protección, además de facilitar el acceso al tratamiento a aquellos que presenten un consumo problemático o adicción.

Ámbito urbanístico: Para valorar la adopción de limitaciones a la apertura o instalación de establecimientos, las administraciones públicas podrán tener en cuenta los siguientes aspectos: la densidad o concentración de puntos de venta minorista de bebidas; la existencia y proximidad a los puntos de comercialización minorista de bebidas alcohólicas de centros educativos, de centros de protección social de personas menores de edad o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicos y a los que puedan acceder personas menores de edad.

Actuación Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Podrán realizar pruebas de alcoholemia en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido. Las pruebas se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro. Respecto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol, podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.

Se prohíbe su consumo para todas las personas en centros docentes, los centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a personas menores de edad, otros centros de menores o destinados a su uso y centros deportivos y de ocio con espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido expresamente para personas menores de edad.

Desde el Ministerio de Sanidad informan además de que se regulará la venta de alcohol, prohibiendo su venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública y en lugares contemplados en leyes estatales o autonómicas. Además, el suministro automático de bebidas alcohólicas «requerirá que las máquinas de dispensación incorporen mecanismos técnicos eficaces, con vigilancia y custodia directa, que permitan impedir su adquisición por personas menores de edad», de manera similar a como sucede con la venta de tabaco. Estos dispensadores no podrán instalarse ni en la vía pública ni en lugares donde esté prohibida su venta o consumo. 

Además, esta nueva ley establece que la exposición y el acceso al alcohol en los establecimientos de autoservicio deberá contar con un espacio concreto separado de otros productos destinados a menores. Los locales centrados en la venta de productos para niñas y niñas no podrán vender ni bebidas alcohólicas «ni otros productos que los imiten».

De igual forma, se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas dirigidas a menores de edad y los espacios que publiciten alcohol no podrán usar ni la imagen ni voz de personas menores de 21 años o que representen a alguien inferior a esa edad. Tampoco se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad ni vincular su consumo con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual.

En esta misma línea, tampoco se podrá emplazar publicidad de alcohol en la vía pública, o en lugares visibles desde la misma. Se permitirá en los casos en los que esté limitada al nombre comercial, denominación social y marcas o símbolos identificativos de las empresas productoras, en un perímetro que diste de 200 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por personas menores de edad.

En palabras de la ministra, esta ley responde «a una ponencia en la Comisión Mixta en el Congreso y en el Senado en el 2018. Lo que hace esta ley es trasladar lo que había en esa ponencia de expertos en la que, por unanimidad, se llegó a la conclusión de que había que poner en marcha este plan»

«No ponemos el foco en los chavales, no ponemos el foco en el consumo individual, ponemos el foco en el entorno. Ponemos el foco en las condiciones que ayudan a prevenir el consumo de alcohol. Por eso también instamos a las administraciones locales y  autonómicas a que se fomente un ocio saludable y que pongan todas las herramientas para que los menores puedan tener un ocio saludable», instó la ministra.

Datos de consumo de alcohol en menores

García explicó que antes de la creación de esta ley se elaboró un diagnóstico del consumo de alcohol en menores en España. Según apuntó, los datos sitúan en un 76 % el porcentaje de menores que han consumido alcohol en el último año, un 56 % en el último mes y un tercio de ellos lo han hecho de manera intensiva. El 92 % de los menores dicen que tienen un acceso libre al alcohol. «Tenemos cifras que están por encima de los países de nuestro entorno y además tenemos una sociedad que está preocupada por este tema», añadió, aludiendo a la pregunta del CIS sobre este tema, que preocupa al 85 % de personas encuestadas.

«Si a esto le añadimos, además, que el alcohol es la droga que más frecuentemente se encuentra en los casos de agresiones, pues ya tenemos el mapa completo para hacer lo que estamos haciendo, que es regularlo», resumió. Así, esta ley nace para «proteger la salud y la seguridad de los menores, evitar el consumo y los daños físicos, psíquicos y sociales, disminuir el acceso al alcohol y contribuir al cambio cultural y dejar de banalizar el consumo de alcohol entre los menores».

Según los datos de la encuesta Estudes del año 2023, la experiencia de intoxicaciones (borracheras) el último año aumenta a medida que lo hace la edad, pasando del 20 % en los alumnos de 14 años hasta el 60 % a los 18 años, y actualmente son más frecuentes entre las chicas.

El consumo en atracón de alcohol (binge drinking) lo ha realizado el 28 % de los alumnos de 14 a 18 años en el último mes. Esta forma de consumo es similar en chicos y en chicas (29% y 28% respectivamente).

El consumo en botellón lo ha realizado el 47 % de los estudiantes de entre 14 y 18 años en los últimos 12 meses. Este tipo de acción de consumo de alcohol es más frecuente en las chicas.

Respecto a los estudiantes de 12 y 13 años, se observa que un 30 % habían consumido alcohol en el último año y un 21 % en el último mes, mientras que un 2 % refieren haberse emborrachado, sin apreciarse diferencias por sexo a esta edad.

Real decreto por la obesidad infantil

En su intervención, Mónica García explicó también el nuevo real decreto aprobado para crear un Comité Interministerial para Combatir la Obesidad Infantil, enmarcado en el plan para luchar contra la obesidad de niños y niñas. «Está alineado con las directrices de la Organización Mundial de la Salud, en la que participan 18 ministerios. Tenemos más de 200 medidas y lo que hacemos con este real decreto es generar la gobernanza de ese plan porque sabemos que la obesidad infantil es la punta del iceberg de la falta de bienestar de los niños y niñas».

En este sentido, señaló que los determinantes sociales de la salud afectan a la calidad de vida de la juventud, en relación al acceso a una buena alimentación, un ocio saludable o la actividad física recomendada. A través de este real decreto y el anteproyecto de ley de Alcohol y Menores, «intentamos cubrir todo el bienestar de nuestros niños y niñas que se merecen tener un entorno saludable y que les podamos proteger su salud y su bienestar»