El Tribunal de la UE rechaza las tasas de supervisión de las redes sociales

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Una persona sostiene un móvil con el logotipo de Facebook, propiedad de Meta.
Una persona sostiene un móvil con el logotipo de Facebook, propiedad de Meta. Dado Ruvic

La CE obligaba a Facebook, Instagram y TikTok a cubrir los costes del control

11 sep 2025 . Actualizado a las 09:33 h.

La batalla judicial que la Comisión Europea libra con las grandes tecnológicas vivió ayer un nuevo capítulo, después de que el Tribunal General de la UE anulase las tasas de supervisión que Bruselas había impuesto a Facebook, Instagram y TikTok. Esta sentencia supone un duro revés para el Ejecutivo comunitario y sus medidas de control. La decisión responde a un recurso que fue presentado por la empresa matriz de Facebook e Instagram, Meta.

En el año 2023, la Comisión Europea (CE) obligó a Facebook, a Instagram y a TikTok a pagar una tasa destinada a cubrir los costes de la supervisión que Bruselas ejerce sobre estas plataformas. Hasta ahora, ese pago se mantenía en vigor, pero dejará de aplicarse porque el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha ordenado modificar la base legal que lo sustentaba.

El fallo responde a los recursos presentados por las empresas, que alegaban que la CE utilizó un método inadecuado para calcular el número de usuarios activos en estos servicios, dato clave para fijar cuál debe ser la contribución anual.

Según defendieron, ese procedimiento no debía aprobarse mediante decisiones de ejecución, sino a través de actos delegados, tal y como establece la Ley de Servicios Digitales (DSA) europea.

Esta normativa obliga a las grandes plataformas a combatir los contenidos ilegales, atribuye a la Comisión la responsabilidad de garantizar su cumplimiento e impone el pago de una tasa anual.

En su sentencia, el TGUE señala que la metodología aplicada «es un elemento esencial para calcular la tasa» y, por tanto, da la razón a las empresas mencionadas al considerar que, como ellas reclamaban, debía aprobarse como un acto delegado y no mediante decisiones de ejecución.

El portavoz de Soberanía Tecnológica de la CE, Thomas Regnier, restó importancia al fallo, al afirmar que «solo requiere una corrección formal», y subrayó que «no hay errores de cálculo, no se suspenden los pagos ni se cuestiona la cuantía».

Aun así, los jueces han prorrogado de forma temporal los efectos de las decisiones anuladas durante un máximo de doce meses, plazo en el que Bruselas deberá aprobar una nueva metodología ajustada a la normativa europea para evitar un «vacío regulatorio». Con esta decisión deberá actualizar sus procedimientos y blindarlos legalmente para garantizar la aplicación de la Ley de Servicios Digitales.

Contra esta resolución, la CE todavía puede presentar un recurso de casación —procedimiento para impugnar sentencias— ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, limitado a cuestiones de derecho, en un plazo de dos meses y diez días.