Reabren la investigación por la muerte del ultra Romero Taboada en el Calderón

La Voz

TORRE DE MARATHÓN

La Audiencia Provincial de Madrid cree que una testigo podría dar un vuelco a la investigación del conocido como «caso Jimmy»

17 abr 2020 . Actualizado a las 18:01 h.

La Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto dos años después la causa que investiga la muerte del ultra Francisco Javier Romero porque existe una testigo que podría dar un vuelco a la investigación y señalar a los autores materiales del homicidio. En un auto, al que tuvo acceso Efe, la Sección Cuarta revoca el del 2018 del Juzgado de Instrucción 20 de Madrid, que cerró la investigación «al no existir indicios de criminalidad contra ninguna persona», es decir, sin imputar a nadie en el conocido como caso Jimmy.

La causa que reabre es la pieza separada «homicidio y lesiones» para la investigación de la muerte del ultra de Riazor Blues y de las lesiones sufridas por el otro seguidor del Deportivo en noviembre del 2014, poco antes del partido Atlético de Madrid-Deportivo en el estadio Vicente Calderón. Pero no afecta a la pieza principal de la riña tumultaria, que está a la espera de señalamiento de juicio contra 82 ultras por presuntamente participar en la reyerta y que se enfrentan a penas de hasta 2 años y medio de prisión.

Es la segunda vez que la Audiencia reabre esta causa. Pero ahora ordena al juez instructor que realice una sola diligencia, la declaración a una mujer (solicitada por las acusaciones) que afirma haber oído a uno de los supuestos autores de la muerte de Jimmy alardear de ello y que figura en un oficio policial.

Resulta que esta mujer no quiso ir después a declarar a comisaría por temor a su seguridad, pero tampoco la citó el juzgado ni se le ofreció protección para garantizar su declaración, explica el auto.

Dicen los magistrados que «se trata de una declaración testifical pertinente y relevante» como «fuente de indicios» y por si confluye «con otras que ya constan en las actuaciones». Se refiere al testimonio del que fuera testigo protegido en el procedimiento de menores e imputado en la riña, que apuntó a cuatro personas como autores de la muerte.

Advierten de que «si la testigo declarase ante el juez en los términos que se consignan en el oficio policial, ello podría suponer una significativa corroboración de la declaración incriminatoria del investigado P.V.P.», que su vez «podría trascender a otros investigados» a los que también implica este coimputado.

Dicho de otro modo, precisan, «podría determinar una modificación del juicio de fiabilidad de la declaración incriminatoria de P.V.P y, en definitiva, podríamos estar ante un testimonio cuyos efectos serían susceptibles de justificar racionalmente una reevaluación del conjunto del material generado en el curso de la instrucción».

Tras cuatro años de investigaciones, el juez instructor cerró la causa porque dijo que el testimonio del coimputado no podía ser tenido como prueba de cargo ya que no prestó sus declaraciones bajo juramento y podía con su declaración buscar una exculpación.

«Considero que no es fiable, ni creíble, ni digna de la precisa credibilidad la versión de los hechos del citado coinvestigado», que identificó a cinco ultras del Frente Atlético como autores materiales de la muerte, por lo que «no sirve de manera evidente a los efectos de sustentar el procesamiento de persona alguna».