Decepción en Vigo porque el Supremo aplaza su sentencia sobre cláusulas suelo y propone preguntarle a Europa

E. V. Pita VIGO

VIGO

Xoán Carlos Gil

La asociación Adicae calcula que el alto tribunal tardará meses en resolver las consultas respecto a la decisión de presentar una cuestión prejudicial

01 jun 2022 . Actualizado a las 18:03 h.

Decepción en Vigo por la propuesta del Tribunal Supremo para preguntar al Tribunal de Justicia de la UE si debe devolver todo el dinero de las cláusulas suelo antes del 2013. No ha dictado una sentencia sino que ha emitido una providencia donde propone a las partes elevar una cuestión de prejudicialidad respecto a tres preguntas que han realizado las entidades Caixabank, Caja Rural de Extremadura y Credimor. El Supremo da diez días de plazo a las asociaciones demandantes y a la banca para que se pronuncien a favor o en contra.

La abogada viguesa Karina Fábregas, de Adicae, explicó que el proceso de consulta durará meses porque ahora el Supremo tiene que darle traslado de su providencia a 27 bancos que están incluidos dentro de la macrodemanda y estos pueden presentar alegaciones contra la decisión de presentar una cuestión prejudicial. Duda que la tan esperada sentencia esté dictada antes del verano. Añadió que la mayoría de los socios vigueses de Adicae se salieron de macrodemanda porque eran clientes de Abanca, que está fuera del proceso.Queda en Vigo un grupo residual de otras entidades bancarias. Sostiene que el Supremo quiere realizar un proceso con garantías para dictar una sentencia que cierre todos los litigios.

Los hipotecados de Vigo y Santiago siguieron una rueda de prensa en streaming desde la sede de Adicae en Madrid donde mostraban su decepción porque consideran que las tres preguntas ya han sido contestadas por el TJUE y el propio Supremo. Por el momento, no hay ninguna resolución. 

Una de las tres preguntas planteadas como cuestión de prejudicialidad es si hay compatibilidad entre la acción colectiva de cesación y el control de transparencia sobre el que ya se ha pronunciado en otras sentencias. Otra pregunta es si hay diferencias a la hora de identificar al consumidor medio cuando se demanda a un gran número de entidades y diferentes grupos de consumidores. Y finalmente la posibilidad de acumular la acción colectiva de cesación a la acción restitutoria que es lo que diferencia a otros procedimientos. 

Respecto a lo de identificar al consumidor medio, fuentes de Adicae comentan que es algo tan insólito como preguntarse, en una demanda de transporte aéreo, si el viajero que reclama es magistrado del Supremo o un fontanero.