Un catedrático de Vigo triunfa con las 25 cosas que debes saber sobre la inteligencia artificial

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

M.MORALEJO

Un blog internacional de Derecho nominó su libro entre los 5 mejores del mundo sobre propiedad intelectual de la IA

24 feb 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

El catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Vigo, Pablo Fernández Carballo-Calero, ha sido citado por el blog internacional IPKat, el mas relevante a nivel mundial en el ámbito de la propiedad intelectual, por haber escrito uno de los cinco libros mas destacados del año en la categoría de derechos de autor. Su libro, publicado en Aranzadi en inglés, lleva por título 25 Things you should know about Artificial Intelligence Art and Copyrigth (25 cosas que deberías saber sobre IA y la propiedad intelectual).

El autor señala que hace un mes el blog IPKat, «el más importante del mundo en materia de propiedad intelectual», que recibe más de 4 millones de visitas anuales, dio a conocer el mejor libro del año 2023. «El libro que escribí fue nominado entre los cinco mejores del año en la categoría de derechos de autor. Ha sido una muy buena noticia y un reconocimiento a la investigación realizada», afirma.

El libro analiza las claves entre la IA y la propiedad intelectual. «Hasta hace un pasado reciente no había duda de que los programas que usábamos eran una herramienta para dar vida a las creaciones y por ello los derechos de autor sobre las mismas se otorgaban a los usuarios. Si escribes una novela con Microsoft Word está claro que los derechos de autor te pertenecen y nada tiene que ver el creador del programa que ya posee los correspondientes derechos sobre este último. Pero determinados sistemas de inteligencia artificial son más que meras herramientas y los contenidos que generan escapan al control de los usuarios», afirma el catedrático de la facultad de Derecho.

 

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Más que una herramienta

«Lo que se discute es si estos contenidos deberíamos protegerlos por la propiedad intelectual o darle una protección específica o integrarse en el dominio público porque ya no podemos hablar de que la concepción y la ejecución le pertenecen al creador de la obra enteramente», sostiene el especialista.

En el libro distingue entre las obras realizadas por una inteligencia artificial autónoma, «si es que podemos hablar de una IA autónoma», y luego las obras creadas por la IA que funciona como una herramienta cualificada para que los usuarios plasmen su visión del mundo. «El gran debate que se plantea hoy es si debemos proteger las obras creadas por la IA cuando generan contenidos de manera autónoma y le dejamos un margen de libertad demasiado grande o si, por el contrario, deberían pasar a dominio público porque todas las legislaciones parten del principio de que el creador es una persona física», recalca el experto.

Recuerda que se han presentado varios casos ante la oficina americana de propiedad intelectual pero esta sigue incidiendo en que si estamos ante creaciones generadas por IA autónomamente no deberían acceder a la protección que brinda el derecho de autor. Destaca el caso de una autora que en un principio obtuvo protección para su cómic pero que, más tarde, al comentar en redes sociales que las imágenes habían sido generadas por IA, vio como la oficina americana mantenía la protección respecto a los textos pero no sobre las imágenes. «En la proyectada nueva normativa europea se recoge que se especifiquen las creaciones que se han generado con IA y que se den datos acerca de los contenidos que se han utilizado para alimentar estos sistemas y que estos, a su vez, generen obras protegidas», afirma.