Multan con 200.000 euros a la naviera Grimaldi por dejar un barco a la deriva cerca de las islas Cíes

E. V. PITA VIGO

VIGO

M.MORALEJO

El carguero, de bandera italiana, llevaba 443 toneladas de gasoil y casi 2.000 de fueloil, así como 3.234 contenedores. Primero no informó de la avería y luego no quería remolque

22 feb 2025 . Actualizado a las 00:31 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado una multa de 200.000 euros a Grimaldi Euromed SPA y que le impuso la Dirección General de la Marina Mercante el 24 de febrero del 2023 por dos graves infracciones cerca de las islas Cíes. 

Le aplicaron una sanción de 80.000 euros por incumplir las obligaciones de notificación e información a la Administración Marítima al hallarse uno de sus buques, el Grande Mirafioria la deriva por una avería en aguas territoriales españolas y no comunicarlo inmediatamente a las autoridades.

La segunda multa, de 120.000 euros, se la impusieron por incumplir «de forma reiterada y contumaz» las instrucciones dadas por la Capitanía Marítima de Vigo relativas a la obligación del buque de hacer remolque con el remolcador de Salvamento María Pita cuando el buque se encontraba derivando hacia los bajos existentes en las Islas Cíes y a escasas millas de la costa, lo que constituye infracciones de carácter grave de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

El buque, de bandera italiana, con una eslora de 199 metros, se encontraba a cinco millas al oeste de las islas Cíes a la deriva y sin gobierno debido a un problema en la máquina. Iba cargado con 443 toneladas de gasoil, 1.905,7 toneladas de fueloil y 3.234 unidades roro, con 24 tripulantes.

La Capitanía Marítima de Vigo dio instrucciones para que el buque saliera a las 12 millas hasta que le tocase la entrada a puerto. EI mismo día contactó varias veces con el buque para que cumpliese con sus requerimientos. La base de Vigo le recriminó que no hubiera informado del incidente a la Capitanía y le indicó que se le enviaría un remolcador. Se movilizó la Salvamar María Pita para remolcar al buque pero este contestó que tenía que esperar instrucciones de su compañía, lo que demoró 40 minutos la operación. En reiteradas ocasiones, dice la sentencia publicada el 20 de enero del 2025, se ordenó al buque que tomara remolque, ignorando el buque tales instrucciones mientras seguía a la deriva errática. 

La compañía recurrió a la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Indicó que, al haber intervenido el instructor del procedimiento sancionador en los hechos que después instruyó, se produjo «una situación perversa» cuyo desentrañamiento requiere del necesario y puntilloso detalle. Entendió que «el instructor generó una hipótesis de peligro desconectada de la realidad», y en base a ella, desarrolló su actuación primero durante los hechos y después instruyéndolos y proponiendo dos sanciones en su grado máximo «sin justificación ni motivación».

La sala rechaza los alegatos de la compañía porque las actuaciones del instructor fueron correctas y, además, ha de considerarse correcto el importe de las multas impuestas por ambas infracciones, cual razona adecuadamente, aun de modo conciso y algo genérico, la resolución sancionadora. Por ello, confirma las multas.