
El implicado, que trabajaba en Vigo, está investigado por tráfico de influencias, cohecho, violación de secretos o blanqueo
19 mar 2025 . Actualizado a las 05:00 h.La sección primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una sentencia del 19 de febrero, ha desestimado la petición de un inspector de la Agencia Tributaria de la delegación de Vigo de reincorporarse a su puesto de trabajo, del que fue suspendido por Recursos Humanos. Deberá pagar 1.500 euros de costas.
El inspector, ahora jubilado, fue detenido el 15 de enero del 2019 como sospechoso de pertenecer a organización o grupo criminal, extorsión, delito contra la Administración Pública, cohecho, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, abuso en su cargo y blanqueo de capitales.
Recursos Humanos lo suspendió provisionalmente de funciones cuando el juez decretó el ingreso en prisión provisional del funcionario. Luego, el Director Adjunto amplió la suspensión a todo el trámite del procedimiento judicial. Ambas resoluciones fueron recurridas por el afectado y desestimadas.
Por su parte, la delegada de la Agencia Tributaria en Vigo acordó la incoación de expediente disciplinario al inspector a la vista de que algunas actuaciones suyas investigadas pudieran ser constitutivas de infracciones disciplinarias muy graves y luego suspenderlo hasta que no hubiese una resolución firme del juzgado.
El implicado salió de prisión en abril del 2019. Dos años después, pidió su reincorporación al servicio activo pero no recibió respuesta y, en todo caso, le dijeron que su asunto estaba bajo investigación judicial todavía y se negó a hacer una declaración de silencio administrativo porque sus anteriores solicitudes ya habían sido objeto de oportuna contestación.
Finalmente, el implicado cumplió 65 años en el 2024 y causó baja por jubilación forzosa. Mientras tanto, el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago de Compostela dictó un auto en septiembre del 2024 en el que acuerda continuar el asunto por el tribunal del jurado y considera al inspector como presunto responsable de delitos como pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, cohecho, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y blanqueo de capitales.
El inspector pedía que le reconociesen el derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo con efectos no más tarde de mediados de diciembre del 2002, cuando insta una certificación de silencio administrativo a su solicitud de mayo de ese año.