La mujer había sacado el título de la ESO, llevaba 13 años viviendo en España pero la Audiencia Nacional dice que ocultó a la sala su condena por un delito contra la seguridad vial y no probó su buena conducta cívica
04 nov 2025 . Actualizado a las 05:00 h.La Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad española a una solicitante brasileña de 49 años residente en España desde hace 13 y que había obtenido el título de la ESO. La razón para denegársela es que fue condenada en junio del 2020 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo por conducir bajo la influencia de alcohol o drogas.
La sentencia fue dictada el 25 de septiembre. La mujer alegó que tenía derecho a obtener la nacionalidad por el tiempo que llevaba viviendo en España, haberse integrado, y recordó que la condena era un hecho «aislado y puntual» por un delito leve.
La Audiencia Nacional le contesta que todo solicitante ha de probar su buena conducta cívica y ella ni lo hizo ni informó de su condena en los escritos que remitió. Era ella la que tenía que probar que era buena ciudadana.