Ponteareas controlará la posesión de pistolas y carabinas de balines

Luis Carlos Llera Llorente
luis carlos llera PONTEAREAS / LA VOZ

PONTEAREAS

La policía estima que en el municipio se mueven más de cien armas

22 feb 2015 . Actualizado a las 04:00 h.

Ponteareas aumentará el control sobre el tráfico de armas de cuarta categoría en el municipio. Con el objetivo de controlar los arsenales, el Ayuntamiento ha aprobado inicialmente una ordenanza que regula la posesión y el tráfico de este tipo de armas, que algunas veces se emplean para cometer atracos por su similitud con las de fuego real.

En la regulación se engloban las de uso lúdico y deportivo que son accionadas por aire u otro gas comprimido. Normalmente disparan balines de plomo u otro tipo de proyectiles que no suelen ser mortales de necesidad. El problema es que este tipo de armas pueden ser manipuladas, lo que puede aumentar su peligrosidad. Fundamentalmente se trata de carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición. También forman parte del elenco los revólveres de doble acción o simples.

La policía estima que en Ponteareas puede haber una cien armas de este tipo que se emplean habitualmente con fines deportivos y de entrenamiento. «Vamos a tener un control desde el Ayuntamiento», según pone de relieve el alcalde, Salvador González Solla.

Las tarjetas para tenerlas serán concedidas y retiradas por el alcalde. Para otorgarlas, el Ayuntamiento tendrá en consideración la conducta y los antecedentes del solicitante. La validez del permiso queda limitada al municipio de Ponteareas, de modo que un ciudadano no puede usar la pistola para entrenar en una finca de un municipio cercano, Mondariz sin ir más lejos, o cualquier otro del entorno.

El titular se compromete a guardar el arma en un lugar seguro y adoptar las medidas necesarias para evitar su pérdida y robo. Siempre que se lo requieran las autoridades deberá enseñar el armamento y en caso de extravío o sustracción debe comunicarlo inmediatamente a la alcaldía.

Campos de tiro

La normativa municipal que ha sido aprobada provisionalmente y, que tendrá que ser ratificada en el plazo de treinta días, señala que no se pueden exhibir las pistolas o carabinas sin necesidad o de modo negligente o temerario.

Tampoco pueden utilizarse llevando puestos los casos de sonido o reproductores de música. Y está radicalmente prohibido exhibirlas, o usarlas, estando bajo efectos de las bebidas alcohólicas o drogas.

Para disparar hay que hacerlo en polígonos, campos de tiro o espacios idóneos autorizados. Bajo ningún concepto se podrán llevar a cabo prácticas de tiro en los núcleos de población del término municipal. Asimismo, está prohibido circular por la calle con las armas cargadas. Deben ir desmontadas y dentro de sus cajas o fundas.

La ordenanza advierte que ante la presencia y proximidad de otras personas los portadores de carabinas o pistolas deben actuar con diligencia o precaución de forma que no puedan causar perjuicios ni daños a esos ciudadanos ni a sus bienes.

La normativa municipal deja claro que no se puede disparar contra animales o plantas y que también está prohibido usar como blanco señales, postes del tendido eléctrico o telefónico o cualquier otro objeto útil o edificio. Los menores de edad pueden usar carabinas, aunque estas solo pueden ser vendidas a mayores. Para disparar con ellas deben ir acompañadas de la persona que ejerza sobre ellos la patria potestad.

La documentación exigida para tener un arma de cuarta categoría incluye el certificado de antecedentes penales y un díptico blanco y tríptico que se adquiere en las armerías y en la Guardia Civil.