Pagan 3.400 euros a una dependienta de Ponteareas tras despedirla por la pandemia y luego contratar a otras dos

e. v. pita VIGO / LA VOZ

PONTEAREAS

M.MORALEJO

El jefe alegó que no podía afrontar su nómina

31 may 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Todos estábamos unidos en el confinamiento, entre el 15 de marzo y el 21 de junio del 2020, pero las buenas intenciones se volatilizaron al día siguiente de empezar la nueva normalidad. Eso fue lo que le pasó a una dependienta de una droguería de Ponteareas, que fue despedida el 22 de junio, al día siguiente de levantarse la alerta sanitaria. En los meses previos, la empleada, con tres años de antigüedad, había reclamado horas extras, en enero estuvo 18 días de baja por un accidente laboral que le causó dolor lumbar y en marzo refirió que la acosaba un vecino que rondaba la droguería aunque, según se quejó, su jefa no le dio apoyo moral y le desaconsejó que denunciase (lo que no quedó probado). El 6 de abril, en pleno confinamiento, cayó por ansiedad. A principios de mayo, cuando seguían en estado de alerta, el marido de la dueña avisó a la trabajadora de baja de que no eran capaces de afrontar los gastos de su nómina y que podía solicitarla a la mutua. Se comprometió a pagarle los días que trabajó en abril.

En junio, la dueña de la droguería obtuvo un préstamo del ICO de 15.000 euros e, inmediatamente, envió un burofax a su trabajadora para notificarle su despido objetivo por causas económicas y le indemnizó con 2.038 euros y 455 euros por vacaciones.

La exempleada pidió anular su despido al entendre que no le pagaron lo que le correspondía y se vio discriminada porque la echaron tras una baja por incapacidad temporal, lo que vulneraba sus derechos fundamentales. La dueña replicó que la pandemia golpeó «severamente» su negocio, que siguió abierto hasta que su dependienta cogió la baja. Sin embargo, la extrabajadora descubrió que, tras su despido, la droguería contrató a dos empleadas y firmó 20 contratos cortos en 8 meses.

La exempleada cobró el paro medio año y en diciembre se dio de alta en el RETA (régimen de autónomos) tras fundar una droguería on line y abrir una tienda en Ponteareas.

El Juzgado de lo Social número 5 de Vigo concluyó que la empresa no justificó en su carta de despido su crisis económica por la pandemia pero no lo anuló porque la ansiedad de la dependienta no era suficientemente crónica como para que supusiese un serio impedimento en la vida profesional en igualdad de condiciones con otros trabajadores. Declaró improcedente el despido y ordenó la readmisión de la dependienta o, bien, pagarle 3.440 euros en total (mil más de lo que ya le había abonado).

Réplica de la empresa 

Fuentes de la empresa respondieron que la cuantía de la indemnización ya se ha abonado, una parte hace 2 años y la otra a la resolución de la sentencia, acaecida hace ya un año. Según su versión, esta cantidad ya se le ofreció al trabajador en la papeleta de conciliación, rechazándola y exigiendo 24.000 euros a mayores en concepto de vulneración de derechos fundamentales.

Respecto al supuesto acoso de un vecino a la empleada, la empresa replica que la persona denunciada por acoso ha sufrido hasta tres juicios (recursos de la trabajadora), siendo todos ellos desestimados, siempre según su versión. Añaden que la dueña de la tienda sí le facilitó la denuncia al aportarle una imagen o fotograma de las cámaras del comercio. «Por nuestra parte el apoyo lo tuvo desde el primer minuto», aseguran.

Añaden que a la trabajadora se le pagó puntualmente todos los conceptos como horas extras o nominas. Subrayan que, según ellos ven, en la sentencia no se acredita pago pendiente por ninguna de estos conceptos. Indican que el fallo de la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Vigo dice que se pagará a la trabajadora «la misma cantidad que le ofrecimos en el SMAC», convertir el despido objetivo inicial en un improcedente, «cosa que rechazó por querer más dinero».