Le piden tres años de prisión por un delito de blanqueo de capitales por cargos sin autorizar en una cuenta bancaria de Viveiro
A MARIÑA
El acusado contactó con desconocidos para realizar operaciones de estafa en internet a cambio de obtener un beneficio económico, según recoge el escrito de calificación fiscal
24 ene 2025 . Actualizado a las 14:11 h.La Fiscalía solicita la apertura de juicio oral en la Audiencia Provincial de Lugo contra un acusado de delito de blanqueo de capitales en un caso que guarda relación con cargos no autorizados en una cuenta bancaria de una sucursal de Viveiro.
Solicitan imponerle tres años de prisión, una multa de 3.000 euros y el abono de una indemnización de 1.000 euros para el afectado y en el mismo escrito de calificación fiscal se indica que la pena de prisión «será sustituida por su expulsión del territorio español, no pudiendo regresar a España en un plazo de seis años contados desde la fecha de su expulsión». Las diligencias previas corresponden al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Viveiro.
En el escrito se recoge que el acusado, nacido en Guinea Ecuatorial, contactó por algún medio con hackers informáticos no identificados pero con los suficientes conocimientos para llevar a cabo operaciones de estafa en internet que les habilitaban para acceder y captar claves bancarias de tarjetas de crédito. Según el mismo documento, el acusado les facilitó su número de cuenta y documentación personal a cambio de obtener un beneficio económico, como cobrar una comisión o porcentaje de dinero para recibir la transferencia realizada por las posibles víctimas del referido artificio informático una vez que los hackers pirateasen el software de la aplicación de procesamiento de la aplicación bancaria que permite realizar pagos en línea.
Personas desconocidas accedieron a las claves de verificación de la banca online de una cuenta de una entidad bancaria con sucursal en Viveiro permitiéndoles hacer dos cargos no autorizados por un valor total de 1.000 euros; uno de 660 y otro de 340, respectivamente. Según el mismo escrito, no consta que el acusado transfiriese a terceras personas los referidos importes.