La Audiencia autoriza a un banco un desahucio derivado de una hipoteca

MONDOÑEDO

Audiencia Provincial de Lugo
Audiencia Provincial de Lugo ALBERTO LÓPEZ

La sentencia, contra la que cabe recurso, sostiene que en el procedimiento no hubo indefensión de los cuatro afectados ni aprecia la vulnerabilidad social que alegaban

30 ago 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Lugo ha desestimado el recurso presentado por cuatro particulares y de este modo valida la solicitud de desahucio por precario formulada por una entidad bancaria y relativa a un edificio del partido judicial de Mondoñedo. Contra la sentencia cabe recurso.

Se considera probado que los recurrentes poseían y residían en la finca, que estuvo grabada con una hipoteca por un préstamo, y que al no poder hacer frente al mismo se procedió a la ejecución hipotecaria, transmitiendo la entidad bancaria el bien a la entidad demandante.

En enero de este año, el Juzgado 2 de Mondoñedo falló a favor del banco, al entender que los demandados ocupaban la vivienda litigiosa «sin título alguno y en precario», y les daba un mes para desalojar el inmueble.

Los recurrentes señalaban en su defensa que «no fueron emplazados debidamente». También, que en autos constaban «título de los demandados, así como recibo de la contribución del IBI pagado, y que el bien está siendo objeto de pignoración —entrega como garantía de pago— de la hipoteca con una entidad bancaria». Además, solicitaban la suspensión del proceso por vulnerabilidad social.

La Audiencia considera que la comunicación a los afectados fue correcta, y por lo tanto «no hubo ninguna indefensión real y efectiva»; que la demandante acredita debidamente su título y que el informe solicitado a los Servicios Sociales no aprecia vulnerabilidad social.