Suspendido cautelarmente un parque eólico tramitado entre Alfoz, O Valadouro y Mondoñedo

La Voz

O VALADOURO

Parque eólico en O Vicedo (imagen de archivo)
Parque eólico en O Vicedo (imagen de archivo) PEPA LOSADA

El TSXG adopta esta medida tras una sentencia del Tribunal Supremo

06 mar 2024 . Actualizado a las 13:47 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha resuelto la suspensión cautelar de la resolución que concede autorizaciones administrativa previa y de construcción al parque eólico Figueiras, proyectado por la sociedad mercantil Fergo Galicia Vento PEE en los municipios de Alfoz, O Valadouro y Mondoñedo.

El TSXG resalta que «tras a sentenza emitida polo Tribunal Supremo (TS) o pasado mes de decembro, adaptou os criterios á hora de decidir sobre medidas cautelares respecto a parques eólicos. Desde esa resolución do alto tribunal, que rexeitou dúas das causas que o TSXG tivo en conta para decretar a anulación dalgunhas instalacións, ambas relacionadas co prazo do trámite de información pública no procedemento de avaliación de impacto ambiental seguido antes de ditarse a autorización dos proxectos e do acceso aos informes sectoriais polo público interesado nese trámite», argumenta. De ese modo, decreta la suspensión cautelar de hasta 13 instalaciones en Galicia, uno de ellos el mencionado.

El proyecto incluía la construcción de cinco aerogeneradores y una torre meteorológica de medición de 117,5 metros de altura y una potencia de 22,5 MW. La asociación ecologista Petón do Lobo había pedido la suspensión cautelar del parque eólico, entendiendo que causaría, según recoge la sentencia del TSXG, «una afección severa y directa a hábitats prioritarios y de interés comunitario, así como a especies catalogadas y en peligro de extinción, al igual que a la propuesta de ampliar la Red Natura 2000 con la lista del lugar de importancia comunitaria (LIC) Serra do Xistral». Contra el fallo cabe recurso de reposición.