Descubre tres años tarde que le han embargado una casa y denuncia que recogieron los avisos en su nombre usando firmas falsas

Christopher Rodríguez
Christopher rodríguez RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

Edificio de la Audiencia Provincial de A Coruña.
Edificio de la Audiencia Provincial de A Coruña. CESAR QUIAN

La Audiencia Provincial consideró que no podía demostrarse que las rúbricas las hubiesen plasmado los dos acusados

03 jul 2024 . Actualizado a las 21:54 h.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha absuelto a dos hombres de estafa procesal y falsedad documental tras estar implicados en la recogida de notificaciones judiciales a nombre de una mujer con dos firmas falsificadas en Mazaricos. El tribunal consideró que, pese a demostrarse que las rúbricas no eran de la denunciante, no pudo acreditarse que las plasmasen los acusados.

El objeto del litigio tuvo comienzo en el año 2011, cuando la afectada firmó una hipoteca para adquirir un inmueble. El pago íntegro de la deuda la asumió su exmarido para poder disfrutar del usufructo, algo que acordaron en su divorcio. Según se reflejó en el fallo de la Audiencia, el hombre dejó de pagar las cuotas en el 2014, por lo que el banco inició un procedimiento de ejecución hipotecaria contra la mujer, ya que era la titular de la propiedad.

Antes de ello, le remitieron múltiples notificaciones y reclamaciones de pago a varias direcciones que le constaban a la entidad bancaria. Una vez el juzgado admitió a trámite la demanda por la deuda, envió dos requerimientos a la mujer de los que no obtuvo respuesta. En consecuencia, al revisar otros lugares en los que había residido, el titular de la sala terminó mandando las notificaciones al juzgado de paz de Mazaricos.

Supuesto permiso

Allí, el excuñado de la mujer, también acusado junto con su hermano, recogió el requerimiento al entregar un documento supuestamente firmado por la denunciante en el que le daba permiso para acudir en su nombre. Lo mismo ocurrió cuando se señaló la subasta del inmueble, haciéndose cargo del folio en el que se informaba a la afectada del procedimiento.

La finca, que cuando se firmó la hipoteca fue valorada en 253.000 euros, terminó siendo vendida por 162.500 tras la puja. La mujer denunció los hechos después de que en el 2018 se personase en el proceso hipotecario, cuando ya había finalizado. Por estos hechos la acusación particular pidió que los implicados indemnizasen a la mujer con 188.000 euros. Además, reclamó que se les impusiesen tres años de prisión a cada uno.

La Audiencia Provincial tuvo en cuenta la declaración de los protagonistas y, principalmente, una prueba pericial caligráfica en la que quedó establecido que la firma era falsa. Sin embargo, tras contrastarla con la escritura de los acusados, no pudo demostrarse que la realizase alguno de ellos. Asimismo, el tribunal tampoco descartó que fuese la propia mujer la que autorizase a alguien para realizar la firma en su nombre.

Uno de los acusados, su exmarido, declaró que informó a la afectada de que iba a dejar de pagar la hipoteca y que lo acordaron de forma conjunta. Por otro lado, la Audiencia no vio indicios de estafa al no apreciar ánimo de lucro en los acusados. Por ello, declaró la absolución de ambos, aunque dejando abierta la puerta a que el fallo sea recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).