El tribunal anula las escuchas de la operación Orquesta y con ellas la causa, librando al alcalde de Cee
CARBALLO
La que pasó por ser la mayor trama de corrupción política de la Costa da Morte ha quedado en nada
15 mar 2019 . Actualizado a las 22:18 h.La anulación de las escuchas telefónicas de la conocida como operación Orquesta, contra la corrupción política en la Costa da Morte, supone que la práctica totalidad de la causa se venga abajo. El principal acusado, el alcalde de Cee, Ramón Vigo Sambade, para el que la Fiscalía pedía hasta 20 años de cárcel, queda completamente exonerado, y como él los dos empresarios, el arquitecto y el agente de orquestas que el martes se sentaron en el banquillo de la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña.
El propio ministerio público ya adelantó que si se anulaban las escuchas retiraba las acusaciones, excepto para el concejal ceense Juan Bautista Areas, por entender que en su caso podría existir una prueba de confesión judicial, algo también más que improbable porque precisaría poco menos que la autoinculpación del propio Areas. Contra todos los demás no tiene absolutamente nada, porque al invalidarse las escuchas tampoco se puede utilizar la información obtenida en los registros domiciliarios que se derivaron de ellas. De ahí que el próximo día 26 a las 10.15 horas, que es la única nueva fecha fijada para el juicio, lo más probable es que la Fiscalía, después del éxito cosechado, pida el archivo del procedimiento o, como mucho, decida seguir la causa contra el concejal, que tiene todos los visos de acabar igualmente con una absolución.
De este modo, lo que se presentó como gran trama corrupta, con hasta 27 imputados, entre los que estaban los que aquel año 2011 eran alcaldes de Cee, Fisterra, Mazaricos y Corcubión, ha quedado convertido en paradigma de una instrucción y un procedimiento en su conjunto absolutamente esperpéntico. Aunque por el camino se produjeron todo tipo incidentes, como casi ocho años de retrasos, idas y venidas de la causa entre juzgados, la división en piezas por concellos e incluso la inundación de los archivos en los que estaba el sumario, ahora la clave de todo está en que las escuchas telefónicas, que eran la base de la atribución delictiva, ni estaban bien ordenadas ni se le presentaron al tribunal con la acreditación debida. «Cuando las intervenciones acordadas en un procedimiento traen causa o derivan de las practicadas en otro distinto, se puede plantear la necesidad de analizar la validez de las intervenciones del primer procedimiento», destacan los magistrados, que, con otras palabras, vienen a decir que estas escuchas se iniciaron a partir de otras por tráfico de drogas, y para que las segundas sean válidas hay que acreditar que lo fueron las primeras y también cómo se decidió seguir adelante.
Las defensas pidieron la anulación porque entendían que esos requisitos no se daban, y la Fiscalía, que tenía que aportar el auto que autorizaba los pinchazos por el tráfico de drogas, no lo hizo. En consecuencia, los magistrados decretaron la nulidad de las escuchas y tiraron abajo todo este castillo de naipes jurídico.