Una jueza da validez a la moción que arrebató a Amancio Lavandeira la alcaldía de Coristanco

Antonio Longueira Vidal
T. Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

BASILIO BELLO

La moción de censura salió adelante en agosto del 2017

22 may 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña ha dado por válida, en primera instancia (el fallo es recurrible), la moción de censura de Coristanco, que salió adelante el 25 de agosto del 2017 con los votos favorables del PSOE (1 edil) y el PP (6 concejales) para desbancar a Amancio Lavandeira Suárez de la alcaldía en favor de Abraham Gerpe Muñiz,

La magistrada avala los informes presentados por el que fue regidor de la localidad bergantiñana entre agosto del 2017 y mayo del 2019 y tumbó los recursos presentados tanto por Lavandeira como por el propio PSOE.

Cabe recordar que la moción de censura fue presentada el 8 de agosto del 2017 por registro municipal. El pleno extraordinario se celebró el día 25 de ese mismo mes. Minutos antes de que arrancara la sesión Abraham Gerpe presentó en el registro una reclamación. En el documento denunció la ilegalidad del escrito presentado por el PSOE, en el que se decretaba su baja como edil socialista y, por tanto, su pase al grupo de los no adscritos. Es decir, su voto no debería tener validez alguna en la votación final, según la ley antitransfuguismo.

La secretaria, a través de un informe jurídico, entendía que el escrito presentado por el PSOE era suficiente como para declarar a Abraham Gerpe concejal no adscrito. En todo caso tenía que ser la Mesa de Edad la que decidiese. Y en esa Mesa de Edad, presidida por el entonces edil del PP Luis Souto, se decidió que no había lugar al recurso del PSOE y avaló a Abraham Gerpe como edil por el Partido Socialista a todos los efectos. Es decir, que Abraham Gerpe no era un tránsfuga. La votación finalmente se celebró y la moción de censura prosperó.

Amancio Lavandeira presentó pocos días después una demanda ante el Contencioso-Administrativo contra los acuerdos adoptados, al entender que sí se había cometido una ilegalidad en el nombramiento de Abraham Gerpe. El PSOE también presentó un recurso y ahora casi 33 meses después de aquel polémico pleno, una magistrada-jueza resolvió a favor de Gerpe. A su juicio, el PSOE no había realizado y completado los trámites acorde a la ley. En concreto, que la expulsión del edil no se había llevado a cabo mediante los requisitos formales. Solo «una fotocopia de un escrito suscrito por tres miembros de la ejecutiva provincial, en el que dice que Abraham Gerpe no representa al partido». Pero no consta que se le haya abierto expediente disciplinario para su expulsión, ni que se le hubiera dado de baja, ni consta que haya dejado de pertenecer al partido, ni siquiera por parte de la Comisión Ejecutiva Federal, encargada de instruir el correspondiente expediente sancionador.