El Superior confirma que el exalcalde camariñán no podía recibir los 69.000 euros que cobró ya inhabilitado

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Pleno del 24 de agosto del 2018 en el que Manuel Valeriano Alonso de León presentó su dimisión como alcalde de Camariñas.
Pleno del 24 de agosto del 2018 en el que Manuel Valeriano Alonso de León presentó su dimisión como alcalde de Camariñas. BASILIO BELLO

Los magistrados avalan el fallo del Contencioso y rechazan el recurso del anterior regidor

07 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) rechaza que el exalcalde de Camariñas, Manuel Valeriano Alonso, pueda cobrar los casi 69.000 euros que percibió cuando ya estaba inhabilitado, entre el 4 de abril del 2017 y el 24 de agosto del 2018. Y lo estaba para ocupar un cargo público durante cuatro años por una sentencia del Juzgado de lo Penal por prevaricación administrativa.

Ya el Juzgado de lo Contencioso número 3 de A Coruña sentenció, en noviembre del 2023, que ni podía percibir ese dinero de las arcas municipales, pero Alonso de León recurrió y es ahora el TSXG el que lo confirma, aunque cabe recurso de casación ante el Supremo.

Entre otros muchos argumentos, los magistrados citan la doctrina del Supremo que «concluye claramente que la existencia de una sentencia penal, aunque no sea firme, es causa de inelegibilidad e incompatibilidad cuando haya impuesto una pena de inhabilitación». El exregidor alegaba, entre otros motivos, precisamente esa falta de firmeza, pero el TSXG añade que el fallo penal le fue notificado el 4 de abril del 2017. «Y esta situación determina que, a partir de ese momento, el recurrente se encontraba en situación de inelegibilidad e incompatibilidad, pese a ser una sentencia aún no firme, y es así porque la condena incluía una pena por inhabilitación». Alonso de León dimitió en un pleno el 24 de agosto del 2018. Mucho antes de este fallo ya reintegró el dinero al Concello.

Este proceso administrativo, a mayores del penal, se inició en marzo del 2019, cuando dos de las entonces concejalas del PP solicitaron la revisión de oficio y la nulidad de los pagos de esos meses tras la sentencia. El Concello lo rechazó, las denunciantes fueron al Contencioso, y ganaron. Ahí, el gobierno local, con un informe del Consello Consultivo en el mismo sentido, abrió el procedimiento para recuperar el dinero, ordenando a Alonso su reintegro mediante un decreto. El alcalde lo recurrió, con negativa por parte de la alcaldía, insistió ante el Contencioso, y de nuevo fue desestimado. Después, al TSXG, ahora con idéntico resultado.