Sentenciado a pagar 375 euros de pensión por alimentos por su hijo cuando del sueldo que percibe, 1.625 euros, le quedan libres de gastos 26

La Voz CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

María Pedreda

La Audiencia Provincial de A Coruña fija para este padre 375 euros mensuales, frente a los 450 establecidos inicialmente

12 jul 2025 . Actualizado a las 19:40 h.

Después de varios años casados y un hijo en común, menor de edad, una pareja residente en el partido judicial de Carballo se divorció. Un juzgado declaró la separación legal y determinó que la patria potestad sería compartida y atribuyó a la madre la custodia del hijo. También concedió a la progenitora el uso del domicilio familiar y fijó para el padre una pensión por alimentos de 450 euros al mes.

Contra esta sentencia de divorcio contencioso, el hombre presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña. Solicitó una ampliación del régimen de visitas y reclamó, de forma paralela, una rebaja en la pensión de alimentos a favor del menor. Argumentó en su escrito que tenía un sueldo de 1.625 euros líquidos al mes y que, tras los gastos fijos, solo le quedaban limpios 26. En este capítulo de desembolsos figuran 728 en préstamos, 521 de un seguro de vida y de una pensión por alimentos en favor de otro hijo, fruto de una relación anterior y 350 del alquiler de un piso. En estos gastos, según el apelante, no se incluyen agua, luz.... También indicó que su expareja percibe 760 euros de ingresos al mes, y no paga renta por la vivienda familiar.

La Audiencia Provincial estimó, en parte, el recurso de apelación y redujo la pensión por alimentos a favor del menor de 450 a 375 euros mensuales. Contra este segundo fallo, las partes pueden interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.