Primer proyecto para poner en marcha el polígono de Malpica a los once años de su inauguración
MALPICA DE BERGANTIÑOS
SEA ofrece seis parcelas para que los emprendedores inicien la actividad sin comprar suelo
15 ene 2020 . Actualizado a las 05:00 h.Hace once años finalizaron las obras de construcción del polígono de Malpica, cuyo coste rondó los 1,4 millones de euros. En su inauguración, los entonces responsables de Suelo Empresarial del Atlántico (SEA) hablaron de asentar el tejido productivo local, de vertebración del territorio, de fijar población en Malpica... Once años después de la puesta en marcha del área industrial, SEA impulsa el primer proyecto de asentamiento de empresas.
En concreto, seis parcelas bajo régimen de derecho de superficie, que permite a las empresas iniciar su actividad sin necesidad de adquirir el suelo industrial. Con esta fórmula, la entidad trata de «favorecer el desarrollo empresarial», con una «opción muy atractiva», que permite a los interesados aplazar la mayor parte de la inversión en los primeros años, destacó la gerente de SEA, Beatriz Sestayo.
Modelo
De forma concreta, en el parque empresarial de Malpica se ofertan bajo este sistema las parcelas 15, 16, 17, 18, 19 y 20. Cuatro de ellas cuentan con una superficie de 1.000 metros cuadrados mientras que las dos restantes alcanzan los 1.466,47. Los dos primeros años, los adjudicatarios tendrían que abonar 900 euros anuales (más IVA) en el caso de las parcelas de 1.000 metros y 1.319,82 más IVA, también al año, para las de 1.466 metros cuadrados.
En cifras, el coste durante los dos primeros años se situaría, para las parcelas de 1.000 metros, en 75 euros al mes.
El tercer y el cuarto año, los importes se incrementarían levemente, pasando a 1.500 y 2.199,71 euros, en función del tamaño de la superficie utilizada. A partir del quinto año, el empresario podrá optar por comprar la parcela, con un descuento parcial de las cantidades que abonó anteriormente, o bien seguir bajo este régimen, abonando un canon anual, con las actualizaciones correspondientes, hasta un máximo de 30 años.
Esta ingeniosa fórmula financiera permite al empresariado interesado constituir una hipoteca sobre su derecho de superficie conforme a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley Hipotecaria, únicamente con el objetivo de garantizar las deudas contraídas por la construcción del edificio proyectado.