El TSXG confirma la absolución, por falta de pruebas, de dos acusados de abuso sexual
A CORUÑA

El fallo señala que la declaración de la denunciante presentó «contradicciones y fisuras» que impiden dotarla de la solidez probatoria necesaria para sostener la acusación
02 abr 2025 . Actualizado a las 16:22 h.La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia dictada por la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña que absuelve a dos acusados de un delito de abuso sexual. El alto tribunal gallego ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular, al considerar que no existen pruebas suficientes que permitan condenar a los procesados.
El fallo del TSXG señala que la declaración de la denunciante presentó «contradicciones y fisuras» que impiden dotarla de la solidez probatoria necesaria para sostener la acusación. Además, los magistrados subrayan la «falta de elementos periféricos que la respalden», lo que impide confirmar, más allá de toda duda razonable, «que los hechos se produjeron en los términos denunciados».
Uno de los aspectos clave del recurso de apelación era la posible reconsideración de la prueba testifical de la víctima. Sin embargo, el tribunal recuerda que su función en esta instancia no es reexaminar la prueba practicada en primera instancia, sino determinar si la sentencia absolutoria incurrió en falta de motivación o arbitrariedad. En este sentido, el TSXG concluye que la resolución de la Audiencia Provincial de A Coruña se encuentra debidamente fundamentada y no vulnera ningún principio legal.
Los magistrados destacan en su fallo que «no ha quedado probada la inexistencia de consentimiento», lo que resulta determinante para confirmar la absolución de los acusados. Según la jurisprudencia vigente, en los delitos contra la libertad sexual, la carga probatoria debe demostrar la falta de consentimiento de forma inequívoca, algo que el tribunal considera que no ha sucedido en este caso. Con esta decisión, el TSXG ratifica la absolución de los acusados, pero informa a las partes de que aún cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo. Para ello, disponen de un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.