La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo acaba de ratificar la anulación de artículos clave de la ordenanza de telefonía móvil del Concello de Lalín, al desestimar el recurso de casación interpuesto por el ayuntamiento contra sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de octubre del 2010, imponiendo además al Concello la condena al pago de las costas; y al tiempo, estima el recurso de casación de France Telecom España contra la misma sentencia. También estima en parte el recurso contencioso-administrativo de la compañía, declarando la nulidad del apartado 2 del artículo 2 y el artículo 3.
El fallo constituye uno más en la cadena de sentencias que tiran por tierra la controvertida ordenanza, con que el Concello pretendió incrementar sus ingresos a costa de empresas de fuera del municipio. Y es que en octubre del 2010, el TSXG anulaba el artículo quinto de aquel texto, tras impugnación efectuada por Vodafone España y France Telecom España, lo que obligaba al Concello al recálculo de tarifas.
Por otra parte, el propio TSXG falló a principios de año a favor de Telefónica Móviles España, que también había recurrido contra la ordenanza municipal aprobada a finales del año 2008, y anulaba los artículos 2, 3 y 5 por considerarlos contrarios a derecho.
86.300 se esfuman
En la práctica, el fallo del Tribunal Supremo imposibilita el cobro de la tasa de telefonía móvil, estimada en 86.340 euros en Lalín. Los presupuestos municipales la mantuvieron incluida entre el 2009 y el 2012, aunque nunca llegó a cobrarse; este ejercicio 2013 ya desapareció, aunque el propio alcalde había mostrado ya al presentar la ordenanza en el 2008 sus dudas de llegarla a cobrar algún día.