Una solución de emergencia

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13 jul 2001 . Actualizado a las 07:00 h.

Ante la decisión tomada ayer por el Gobierno de someter a arbitraje el conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos, se abren varios interrogantes. Definición. El arbitraje es un medio para resolver conflictos fuera del ámbito judicial. Se caracteriza por la intervención de uno o más árbitros, terceras personas que son ajenos al conflicto y cuya decisión debe ser acatada por las partes enfrentadas. Legislación. Suele ser fruto de un acuerdo, pero también puede ser impuesto por el Gobierno. Un decreto-ley de 1977, revisado por el Constitucional en 1981, permite al Ejecutivo imponer el arbitraje en casos de huelgas que pongan en peligro la economía nacional. Otros casos. Con el arbitraje acordado ayer, son ya cuatro los casos en los que el Gobierno ha intervenido para solucionar conflictos laborales. El primero se produjo con el Gobierno de la UCD, en 1981, para intervenir en una huelga de gasolineras. En 1992 se repitió la situación con el sector de la limpieza, que afectaron al metro de Madrid, el aeropuerto de Barajas y a los edificios públicos. Precedentes en Iberia. La compañía aérea se lleva la palma en cuestiones de intervención estatal. Esta es la segunda que acumula, siempre por conflictos entre la dirección y los pilotos. En 1984, el Gobierno socialista se vio obligado a intervenir después de una huelga de 29 días que fue convocada también por el SEPLA.