Dos compañías de transporte gallegas cobrarán ya 165.000 euros por el céntimo sanitario

f. f. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Protestas por el céntimo sanitario en Santiago
Protestas por el céntimo sanitario en Santiago Álvaro Ballesteros

Freire y Muñiz serán de las primeras en ser indemnizadas

20 feb 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno sabía que el céntimo sanitario contravenía la directiva comunitaria, pero aún así siguió adelante y lo recaudó durante diez años, del 2002 al 2012. Por eso, las empresas de transporte que pagaron el tributo deben ser indemnizadas por los daños y perjuicios que les ocasionó el pago de un tributo ilegal. Es la principal conclusión de las primeras sentencias emitidas anteayer por el Tribunal Supremo sobre la reclamación para la devolución de las cantidades cobradas indebidamente incluso durante los ejercicios ya prescritos (2002-2009). El Supremo recibió 4.000 recursos en ese sentido, pero ha resuelto ocho que sentarán jurisprudencia para los demás.

Dos de ellos benefician a las compañías gallegas Freire S.L. (de Lugo) y Transportes Muñiz (de Santiago), que recibirán 165.800 euros (73.000 una y 92.800 la otra) en indemnizaciones, informó el Supremo. Aparte cobrarán los intereses, pero desde que tramitaron la demanda y no de todo el período reclamado. La restitución patrimonial para el reclamante será así insuficiente, en opinión del abogado Carlos del Pino, socio de Pin & Del Pino Abogados.

El letrado Miguel Caamaño, que, como Del Pino, presentó en el Supremo varias reclamaciones por el céntimo sanitario de las que están pendientes, considera que no devolver los intereses de todo el período liquidado es fruto de un error de la defensa.

Un tributo sin finalidad expresa

El alto tribunal obliga a la Agencia Tributaria a indemnizar a las compañías porque la violación del derecho comunitario es claro por parte del Gobierno español. Porque, aclaran los primeros fallos (son iguales), el impuesto se instauró en el 2002 sin una finalidad específica, algo que ya se sabía que contravenía la normativa europea. El Ejecutivo alegó entonces que la recaudación era para financiar la sanidad y el medio ambiente de las comunidades. Pero, en realidad, se creó para financiar las nuevas transferencias asumidas por las autonomías en esas materias del Estado. Además, las autoridades comunitarias emitieron comunicaciones «insistentes» advirtiendo de esa ilegalidad.

Finalmente, el Gobierno anuló ese tributo y creó otro en el 2013, también conocido como céntimo sanitario, pero integrado en el impuesto especial de hidrocarburos. Es decir, lo legalizó. Pese a esto, no se ha librado de los fantasmas del pasado y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en el 2014 definitivamente ilícito el primer céntimo sanitario. A partir de ahí le llovieron las reclamaciones de devolución al Ministerio de Hacienda, fundamentalmente de autónomos y empresas del transporte, pues había que presentar facturas detalladas para optar al reintegro. El departamento de Montoro solo se avino a devolver lo cobrado indebidamente a partir del 2010, pues lo anterior, alegó, había prescrito. En total, ha desembolsado 2.000 millones por esa vía voluntaria.

Por la obligatoria -a raíz de la sentencia del Supremo- estima que devolverá otros 1.000 millones. En total, 3.000 de los 13.000 millones que se recaudaron.