Un juzgado coruñés anula los cobros por liberar móviles al considerarlos abusivos

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

ROBER AMADO

La Fiscalía presentó una demanda contra Vodafone, a la que luego se unió la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros (Adicae)

25 nov 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha declarado nulos, por abusivos, los cobros que realizaba Vodafone a los clientes que querían liberar los teléfonos móviles subvencionados por el operador, con independencia de que ya hubieran cumplido el período de permanencia o de que hubiesen abonado la penalización por la resolución anticipada del contrato.

El juez José María Fernández Abella da la razón así a la Fiscalía, que presentó una demanda contra Vodafone a la que luego se uniría la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros (Adicae), así como varios particulares. En ella, solicitaban que se anulase una cláusula que la operadora incluía en sus contratos y que establecía las condiciones para la liberación de los terminales, por la que se exigía un pago que, en función del momento en el que solicitaran el desbloqueo y el canal por el que lo hicieran, llegaba a los 9,68 euros.

Para Vodafone, la demanda no tenía sentido, porque la cláusula dejó de aplicarse en el 2014, cuando la compañía dejó de subvencionar los terminales, que a partir de ese momento eran sufragados por el cliente y, por tanto, se entregaban libres. Sin embargo, el juez recuerda en su fallo que la misma seguía aplicándose a todos aquellos que hubiesen adquirido su teléfono antes del cambio de las condiciones comerciales.

Por ello, la sentencia declara nula la cláusula y establece que «la compañía no podrá negarse a liberalizar el teléfono ni cobrar cantidad alguna por hacerlo», tanto en los casos en los que ya haya concluido el período de permanencia, como en aquellos en los que, antes de ese momento, el cliente «esté cumpliendo las obligaciones derivadas del contrato» o haya pagado ya la penalización por darse de baja antes de lo acordado.

Por eso, ordena a Vodafone que devuelva las cantidades cobradas por este concepto en el pasado y que compense a los usuarios con intereses por el tiempo transcurrido. Además, da un plazo de dos meses a la compañía para anular la cláusula anulada en todos los contratos vigentes, imponiendo una multa de 5.000 euros por cada día de incumplimiento.

Fuentes de la operadora, que está analizando el fallo, avanzaron que piensan recurrirlo ante la Audiencia Provincial.