Autónomos y pymes podrán solicitar quitas de hasta el 75 % en sus créditos covid

c. p. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

CESAR TOIMIL

Las ayudas estarán limitadas al agotamiento de los 3.000 millones movilizados por el Gobierno

13 may 2021 . Actualizado a las 18:46 h.

Comienza la cuenta atrás para que los bancos decidan (antes del 11 de junio) si se adhieren al Código de Buenas Prácticas articulado por el Gobierno para facilitar la reestructuración de la deuda contraída por autónomos, pymes y empresas a causa de la pandemia. No será obligatorio, pero el Ejecutivo señalará con el dedo a los bancos que se nieguen a participar.

Se ha ideado para facilitar el reembolso de los créditos del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Cualquier deudor que haya solicitado su apoyo desde el 17 de marzo del 2020 podrá acudir al banco para solicitar un aplazamiento de los vencimientos, la conversión del capital pendiente de devolución en préstamos participativos o quitas.

Reducir la factura

¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar una rebaja de la factura pendiente? Al igual que ocurre con la prórroga y los préstamos participativos, el deudor deberá demostrar que no tiene otros créditos en mora (impagos de más de 90 días), no puede estar en procedimiento concursal ni condenado por delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social y demostrar una caída de la facturación del 30 % en el 2020. A mayores, la cuenta de pérdidas y ganancias deberá estar en negativo para ese ejercicio.

Si se cumplen estos requisitos, la entidad podrá aplicar quitas de un máximo del 50 % del crédito avalado pendiente de devolución, aunque ese porcentaje puede aumentar al 75 % para los casos en los que la caída de la facturación supera el 70 %. Las ayudas estarán limitadas al agotamiento del dinero que ha movilizado el Gobierno para tapar los agujeros (3.000 millones de euros). El plazo máximo para la ejecución de las quitas se ha fijado el 1 de diciembre del 2022.

¿Se puede negar el banco?

¿Se puede negar el banco? Sí. Dispondrá de 45 días naturales para resolver la petición, teniendo en cuenta que deberá condonar una parte proporcional del préstamo no avalado. Si hay varios acreedores (entidades financieras) en juego, será la que tenga más exposición la responsable de coordinar el plan de reestructuración que se podrá ejecutar en el caso de empresas si sus acreedores suman más del 66 % de las operaciones avaladas o con el sí de tres acreedores si se trata de un autónomo.