La Audiencia de A Coruña rechaza la solicitud de cuatro bancos que pedían que se investigase a Sandra Ortega por los préstamos a Room Mate

ECONOMÍA

Contra el auto del tribunal no cabe interponer recurso
25 abr 2022 . Actualizado a las 15:07 h.La Audiencia Provincial de A Coruña acaba de hacer pública su decisión de rechazar los recursos de apelación interpuestos por cuatro bancos que pedían que se investigase a Sandra Ortega, administradora de Rosp Corunna, por ser presuntamente conocedora de que el que fue su mano derecha en la sociedad, José Leyte, había simulado su firma para que Room Mate, una empresa en la que participaba Ortega y que tiene en Kike Sarasola a su cabeza visible, obtuviera créditos para sacar adelante el negocio. Las entidades apelaron el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número dos de A Coruña en el que se rechazaba la admisión de la querella formulada por Deutsche Bank contra Rosp Corunna y su administradora.
Deutsche Bank sostenía en el recurso que el relato de la empresaria no era «muy verosímil» puesto que no era «creíble que la administradora única de Rosp no se enterase de la modificación de las garantías», al tiempo que aseguraba que existía «un escenario de actuación defraudatoria por parte de la empresaria contra los bancos ahora personados».
En el fallo de la Audiencia, frente al que no cabe recurso, se explica, sin embargo, que «ninguna querella blinda a ningún querellante de ser objeto de una investigación penal si hubiere mérito para ello, pero habrá que preguntarse si el lugar idóneo para hacerlo es precisamente el procedimiento iniciado a su instancia contra unas terceras personas diferentes de quien ahora pretende erigirse en querellante del querellante. Es fácil imaginar a dónde nos conduciría una cascada de querellas interpuestas en un único procedimiento al socaire de otras tantas declaraciones en las que se revelasen determinados hechos no siempre ciertos, máximo si tales declaraciones son protagonizadas por investigados a quien asiste, entre otros derechos, el de no declarar contra sí mismos y no confesarse culpables (y derivativamente el de declarar contra otros y señalarles como culpables)».
También se apunta en el auto de la Audiencia que es «fácil imaginar a qué grado de complejidad y consiguiente dilación del proceso nos conducirían las pretensiones acumulativas de los recurrentes», pues el procedimiento iniciado por la empresaria contra su exgestor «ya incorpora a fecha de hoy varios miles de folios», ya que «se han practicado un abultado número de diligencias de investigación, más las que están por venir».
El tribunal advierte que «la mejor economía procesal es la que deriva del principio general de que cada delito dará lugar a la formación de una única causa».