El Tribunal de Cuentas propone que la Seguridad Social, y no el SEPE, pague toda prestación por desempleo

Europa press MADRID

ECONOMÍA

ANGEL MANSO

El Servicio Público de Empleo Estatal sufrió en la pandemia un déficit de financiación de 13.126 millones frente al exceso de la Seguridad Social en 23.000 millones

10 jul 2022 . Actualizado a las 18:16 h.

El Tribunal de Cuentas plantea que toda prestación o ayuda por desempleo, sea o no contributiva, se integre en los presupuestos de la Seguridad Social para reunificar en una única área administrativa la imputación presupuestaria de estos gastos y su pago material. Así se evitarían, cree, posibles disfunciones entre el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la liquidez de la Tesorería General de la Seguridad Social que, en todo caso, también podrían solventarse si las transferencias que recibe el SEPE para la cobertura de estos gastos tuvieran entrada en el circuito financiero de ese organismo.

Es una de las recomendaciones del fiscalizador en su informe sobre el impacto económico producido por el covid en la Administración sociolaboral en el 2020. Según el tribunal, el SEPE sufrió en la pandemia un déficit de financiación de 13.126 millones frente al exceso del organismo dependiente del Ministerio de Inclusión de 23.000 millones. Eso ha dado lugar a que las tensiones de liquidez derivadas del pago de las ayudas encomendadas al SEPE para hacer frente al covid hayan sido gestionadas por la Seguridad Social.

Para ello, señala el tribunal, se le otorgó un préstamo a diez años por 16.500 millones que, pese a que permitió cuadrar las cuentas y asegurar la cobertura de gastos, el fiscalizador entiende que «no es la vía más adecuada de financiación». Así, critica que esta fórmula «carece de racionalidad económica-financiera al no tener la misma naturaleza presupuestaria, económica y financiera que los gastos que ha financiado». Esto, además eleva el endeudamiento frente al Estado hasta 85.351 millones en el 2020, el 7,61% del PIB.

Por otro lado, advierte de que, ya que el préstamo ha de ser devuelto, las ayudas del covid pagadas con cargo a su presupuesto lo habrán sido con recursos propios del sistema procedentes de cotizaciones sociales. Esto contraviene el principio de separación de fuentes de financiación regulado en la propia Ley General de la Seguridad Social puesto que estas ayudas no forman parte de la acción protectora del sistema financiable con cotizaciones sociales, sino con aportaciones del Estado.

Alaba la gestión de la Seguridad Social

Pese a que final de año la Seguridad Social contó con exceso de liquidez por operaciones de pagos y cobros, el Tribunal destaca cómo desde marzo, mes en el que estalla la pandemia, hasta octubre el servicio presentó un defecto de liquidez acumulado que alcanzó los 8.500 millones, que se fue cubriendo mes a mes por el efectivo proveniente de la financiación prevista para prestaciones contributivas.

En este sentido, el órgano fiscalizador destaca cómo la gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social para anticiparse y estimar adecuadamente sus necesidades y su rapidez para tramitar solicitudes para la obtención de financiación adicional y la inmediatez de respuesta han evitado tensiones de liquidez.