Cien mil gallegos cobrarán 46 euros más al mes con la subida del salario mínimo

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Alejandro Martínez Vélez | EUROPAPRESS

El presidente de la CEOE rechaza las críticas del Gobierno al alza de su sueldo

15 feb 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Dos semanas después de que el presidente del Gobierno lo anunciara en el Senado, el Consejo de Ministros aprobó ayer la subida del 8 % del salario mínimo interprofesional (SMI) para este año. Tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero y elevará de 1.000 a 1.080 euros brutos al mes (15.120 anuales) la retribución de los 2,5 millones de trabajadores que, según los cálculos del Ministerio de Trabajo, se beneficiarán de la subida.

Sin embargo, esos 80 euros mensuales de incremento bruto menguan tras descontar cotizaciones sociales y, si procede, retenciones del IRPF, por lo que en términos netos, los 100.000 trabajadores gallegos que perciben el salario mínimo tendrán en sus bolsillos a partir de la nómina de este mes como mínimo 46 euros más.

«El sueldo líquido que perciban los trabajadores con SMI cada mes varía mucho dependiendo de si lo cobra en 12 o en 14 pagas, es decir, si la empresa le prorratea mensualmente las pagas extraordinarias o si, por el contrario, no lo hace. En un caso, la subida del 8 % situará el sueldo neto por encima de los 1.000 euros mensuales y en el otro no, aunque anualmente se cobre lo mismo: 15.120 euros», explica la vicepresidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Galicia, Rosa López.

En el caso más desfavorable fiscalmente hablando, que sería el de un trabajador soltero, sin discapacidad ni cargas familiares, percibiría 1.138,66 euros mensuales netos en 12 pagas (3,18 % de retención y 6,45 % de Seguridad Social). Comparado con los 1.092,59 euros líquidos mensuales en 12 pagas que percibía el año pasado (no se le aplicaría ninguna retención), el incremento neto que el trabajador notaría en el bolsillo sería de 46,07 euros al mes.

En el mismo supuesto anterior, pero cobrando el salario mínimo en 14 mensualidades, el sueldo se quedaría —pese a la subida del 8 %— por debajo de los 1.000 euros netos. Concretamente en 976 líquidos, más dos extras de mayor cuantía, porque a estas no se les descuenta la Seguridad Social, según recuerda López.

La vicepresidenta de los Gestores Administrativos de Galicia señala también que la casuística es amplia, ya que si el trabajador tiene cónyuge a cargo o un hijo, no se le aplicaría retención en el IRPF, por lo que «cobraría más», lo mismo que ocurre con las empleadas de hogar, a las que no se les retiene.

Cabe recordar que en el caso de los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, la cuantía del salario no podrá ser inferior a los 51,15 euros por jornada legal en actividad, mientras que para los empleados de hogar que trabajen por hora, la hora trabajada se pagará en el 2023 a 8,45 euros.

«Cambia la vida de la gente»

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, recordó que el Gobierno de coalición ha cumplido su promesa de elevar el SMI en esta legislatura hasta el 60 % del salario medio del país, después de acumular un alza de casi el 50 % desde el 2018 (concretamente del 46,7 %, casi 350 euros), cuando Pedro Sánchez llegó a la Moncloa. Además, Díaz enfatizó que la subida del SMI no solo no destruye empleo, sino que «cambia la vida de la gente. Va a facilitar que una madre trabajadora pueda comprar pescado o fruta a sus hijos o que un joven tenga mejor salud mental (...), tiene un impacto directo en la salud mental, si uno tiene un salario un poquito mejor tiene menos preocupaciones y más tranquilidad para pagar las facturas».

También aprovechó para instar a la CEOE a volver al diálogo social para acordar con los sindicatos la subida salarial de los convenios, dentro del Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Mientras, sigue coleando la polémica por la subida de sueldo del presidente de la patronal, Antonio Garamendi, que ayer se quejó de las críticas «fuera de tono» y del trato «injusto» a los empresarios.

Díaz quiere eliminar el tope de las indemnizaciones por despido e implantar un sistema ajustado a cada empleado

Lo planteó el pasado verano y volvió a defenderlo ayer. La vicepresidenta segunda y titular de Trabajo, Yolanda Díaz, defiende la implantación de un sistema de indemnización por despido «a la carta», que tenga en cuenta las circunstancias de cada trabajador, en lugar del actual modelo que topa la compensación económica que se recibe.

Así lo aseguró en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, al ser preguntada por la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la segunda que elevó la indemnización por despido improcedente de una trabajadora, pasándola de los 33 días que fija la ley a 48.

El fallo es especialmente llamativo porque actualmente se está a la espera de que el Consejo de Europa se pronuncie sobre la denuncia presentada por UGT sobre si las indemnizaciones españolas son «suficientemente reparadoras y proporcionales» o, por el contrario, contraviene la Carta Social Europea y la normativa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por lo que el Ejecutivo debería modificarlas.

«Esta sentencia viene a decir lo que yo vengo diciendo desde hace tiempo. Siempre me han escuchado hablar de que nos centramos en las indemnizaciones y tenemos que ver la causa de los despidos», aseveró Díaz, defendiendo que «las indemnizaciones deben ser adecuadas a otro tipo de factores y no haber indemnizaciones topadas como tiene España».

Aunque la ministra dijo que habrá que esperar a saber cómo resuelve la Unión Europea, admitió que «es evidente que estamos teniendo un problema con esta cuestión».

Díaz avanzó que hoy tiene una interpelación en el Congreso sobre el denominado despido restaurativo en la que explicará cuál es la posición técnica de su ministerio en este asunto. En todo caso, dijo que, ante un despido injustificado, la convicción del consenso europeo es que las indemnizaciones han de ser adecuadas a otro tipo de factores y no topadas, como ocurre en España.

La sentencia del TSJC, fechada en enero, ­ considera que la indemnización de 33 días por año trabajado es «claramente insignificante, no compensa el daño producido por la pérdida del puesto de trabajo ni tiene efecto disuasorio para la empresa».