
Los afectados cuestionaban la valoración independiente que se llevó a cabo
22 nov 2023 . Actualizado a las 18:44 h.El Tribunal General de la UE (TGUE) dictaminó este miércoles que ni accionistas ni acreedores del extinto Banco Popular tienen derecho a recibir una compensación del Fondo Único de Resolución (FUR), la herramienta de la UE para este tipo de crisis, financiada por el sector bancario. En concreto, la sentencia confirma que los afectados no habrían recibido un mejor trato en caso de que la entidad hubiese sido liquidada que con la resolución del banco que finalmente se llevó a cabo. Si hubiese sido al revés, la UE sí tendría la posibilidad de utilizar el FUR para pagar compensaciones. Pero finalmente no será así.
En el caso concreto del Popular —que posteriormente fue adquirido por Santander por el valor simbólico de un euro—, el TGUE desestima los recursos presentados por algunos de los afectados que, entre otras cosas, cuestionaban la valoración independiente que se llevó a cabo sobre un escenario hipotético de liquidación del banco.