Bruselas reclama a España que garantice los derechos laborales de los interinos
ECONOMÍA
La Comisión Europea considera que la legislación española contiene condiciones menos favorables en materia de permisos, el cómputo de la antigüedad o la carrera profesional
26 jul 2024 . Actualizado a las 09:42 h.La situación laboral de los trabajadores interinos del sector público es una fuente inagotable de conflictos entre España y las autoridades comunitarias. Al goteo de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha fallado contra el abuso de temporalidad en la Administración y ha reclamado medidas efectivas para atajarla —entre ellas, la fijeza de los contratados en fraude de ley— se suma ahora la Comisión Europea. El Ejecutivo comunitario ha dado un nuevo toque de atención para corregir la discriminación que, a su entender, siguen padeciendo los trabajadores temporales del sector público.
Bruselas envió ayer una segunda carta de emplazamiento a España para que garantice a este colectivo los mismos derechos laborales de los que disfrutan los funcionarios de carrera y el resto de los empleados fijos de la Administración. Y es que la Comisión entiende que no se ha traspuesto correctamente al Derecho nacional la directiva europea 1999/70, «que prohíbe la discriminación de los trabajadores con un contrato de duración determinada». Así, Bruselas insistió ayer en que «el Derecho español contiene condiciones laborales menos favorables (como los derechos a vacaciones) para los trabajadores con un contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los trabajadores fijos», por lo que decidió, hace ya diez años, incoar un procedimiento de infracción. Y aunque reconocen que «España ha modificado las normas desde entonces, siguen existiendo problemas de discriminación». Por ello, en esta segunda carta de advertencia, la Comisión Europea aborda las diferencias de trato en relación con el cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a trayectorias profesionales. España dispondrá ahora de dos meses para subsanar las deficiencias detectadas por la Comisión. Si este organismo no queda satisfecho con la información recibida y concluye que se siguen incumpliendo las obligaciones fijadas por la directiva, podrá enviar al Gobierno español una petición oficial para que cumpla la legislación de la UE, lo que se conoce en el argot comunitario como dictamen motivado, instándole a informar a la Comisión, en un plazo determinado, normalmente dos meses, acerca de las medidas adoptadas al respecto. En caso de persistir en el incumplimiento, Bruselas podría elevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Despidos en vacaciones
Parte de la desigualdad entre los derechos de los empleados públicos fijos y los temporales ha sido corregida por los tribunales. Uno de los últimos ejemplos es una sentencia del Tribunal Supremo que, el pasado mes de febrero, estableció que el tiempo de vacaciones pagadas y no disfrutadas debe ser considerado para el personal temporal tiempo de servicio efectivo, para evitar la discriminación con respecto al personal fijo, ya que son muchos los interinos de la sanidad y la educación que no pueden disfrutar de sus vacaciones y las cobran en el momento del cese.
Sin embargo, los tribunales han consagrado otras diferencias de trato, como ha ocurrido en el caso de las vacaciones de los profesores sustitutos cesados en verano o en las excedencias. Así, el Supremo ha establecido que los interinos no tienen derecho a excedencias voluntarias por motivos personales, porque a diferencia de los funcionarios de carrera no son propietarios de sus plazas. En el caso de los trabajadores temporales del sector educativo, el alto tribunal ha avalado el derecho de la Administración a cesarlos al finalizar el curso y dejarlos sin cobrar durante el verano.
La Comisión Europea abre otro expediente por limitar la aportación máxima a los planes de pensiones individuales
El paquete de procedimientos de infracción del mes de julio recoge la apertura de otros expedientes a España. Entre ellos, uno relativo a la restricción que establece la legislación nacional en relación a las aportaciones máximas a los planes de pensiones individuales y de empleo. En concreto, la Comisión Europea cuestiona que se limite el tope de contribución que se puede realizar a estos productos de ahorro previsional al importe máximo deducible a nivel fiscal. Así, por ejemplo, en el caso de los planes de pensiones individuales no se permiten aportaciones anuales que superen los 1.500 euros, que es la cuantía máxima que puede quedar exenta en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
En su comunicado, el Ejecutivo comunitario deja claro que no cuestiona que España pueda establecer un importe máximo deducible en el ámbito tributario, pero considera que limitar la libertad de los partícipes a realizar aportaciones adicionales a sus planes individuales aun sin beneficio fiscal «puede entrar en conflicto con la libre circulación de trabajadores, servicios , capitales y el derecho de establecimiento» garantizados por los tratados de la UE. No solo eso, sino que «puede constituir un obstáculo en el mercado único y limitar indebidamente el acceso a las pensiones complementarias», razonan.
Además, considera que el hecho de que España permita transferencias individuales nacionales, pero no transfronterizas, de los derechos de pensión en sistemas de pensiones complementarios «también puede ser contrario a las libertades del mercado interior».
Plan paneuropeo de pensiones
En materia de pensiones, la Comisión también ha instado a España y a Portugal a completar la aplicación sobre el producto paneuropeo de pensiones personales. En ese sentido, ha abierto otro procedimiento de infracción a los dos países por no notificar a Bruselas las normas sobre sanciones administrativas y otras medidas aplicables a las infracciones sobre el Reglamento sobre el Producto Paneuropeo de Pensiones Personales.
Este producto es un plan de pensiones personal voluntario que ofrece a los ciudadanos una opción paneuropea de ahorrar para la jubilación y ofrece productos más competitivos. Tanto Portugal como España tienen ahora dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas.