El nuevo límite que obliga a presentar la renta con dos o más pagadores entrará en vigor este miércoles

europa press MADRID

ECONOMÍA

Imagen de la delegación de Hacienda en Ribeira.
Imagen de la delegación de Hacienda en Ribeira. MARCOS CREO

La cuantía se eleva de 1.500 a 2.500 euros, con efectos desde el 1 de enero

24 dic 2024 . Actualizado a las 11:32 h.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes el real decreto-ley que eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la renta. La norma, que entrará en vigor este miércoles con efectos desde el 1 de enero del 2025, establece de este modo que no estarán obligados a presentar la declaración de renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 2.500 euros (hasta ahora eran 1.500 euros).

Por otra parte, el decreto incluye a los Artistas de Arte Sacro en el grupo 861 de la sección segunda de las tarifas del impuesto sobre actividades económicas de forma expresa, con la finalidad de otorgar mayor seguridad jurídica a la clasificación de la actividad realizada por dichos artistas.

Por otra parte, el decreto aprobado este lunes por el Consejo de Ministros y publicado hoy en el BOE también incluye la prórroga un año más, durante el 2025, de los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para autónomos, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos. Asimismo, también se prorrogan para el período impositivo 2025 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.