El nuevo régimen disciplinario suavizará los castigos a los policías

M. Sáiz-Pardo REDACCIÓN

ESPAÑA

16 feb 2006 . Actualizado a las 06:00 h.

El Consejo de Ministros tiene previsto dar luz verde hoy, después de diez años de polémica, al anteproyecto del nuevo régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, un texto que, entre otras novedades, recorta los castigos a los agentes que cometan faltas en el servicio. La reforma responde a una reclamación histórica de funcionarios y sindicatos de la institución, que han criticado siempre con dureza el decreto ley de 1986, que se ha utilizado hasta ahora para sancionar a los agentes. El primer cambio será que el reglamento pasará a tener rango de ley orgánica, tal y como exigían los sindicatos del cuerpo, que creían insuficiente que un simple real decreto regulase las penas de separación de servicio. Los castigos -según el borrador de Interior que conocerá el Gobierno- se verán recortados, y así las faltas «muy graves», hasta ahora castigadas con la separación de servicio o la suspensión de funciones de tres a seis años, serán penadas con la suspensión de empleo y sueldo de uno a seis años, aunque seguirá vigente la expulsión del cuerpo. El proyecto contempla, entre otras, como faltas muy graves la omisión del deber de fidelidad a la Constitución, los tratos degradantes a los detenidos, la reiterada desobediencia a las órdenes o la embriaguez y el consumo de estupefacientes. Entre las principales novedades en este capítulo, resalta que la acumulación de tres faltas graves no supondrán automáticamente penar al agente con una muy grave. El Constitucional ya había declarado que esta práctica violaba el principio de doble condena por el mismo delito, y era ilegal. También desaparecerá la obligatoriedad de considerar como una falta muy grave la comisión de un delito doloso. A partir de ahora, el castigo dependerá la gravedad de ese delito. Por su parte, las faltas graves pasan de tres años de suspensión a sólo uno y las faltas leves desaparecen. Serán consideradas incidencias graves, entre otras, la insubordinación a un superior, la infracción de deberes o las negligencias. Derecho a la defensa El procedimiento de las sanciones se vuelve además más garantista en algunos aspectos, pues se reconoce, por primera vez, el derecho de defensa del acusado en un proceso interno -incluso podrá ser auxiliado en un proceso interno por otro miembro del cuerpo licenciado en Derecho- y se fija la caducidad de los expedientes disciplinarios. Aunque la futura ley orgánica no abre las puertas al pluriempleo de los agentes sí los iguala al resto de la función pública, ya que se abre la posibilidad de compatibilizar ciertos trabajos, siempre que sean totalmente ajenos a las tareas de seguridad y a la función policial. El borrador es el quinto sobre el régimen disciplinario que elabora el Gobierno en la última década. La posibilidad de reformar este polémico texto se abordó por primera vez en 1996, durante la etapa del socialista Juan Alberto Belloch, aunque el nuevo Gobierno del PP frenó el proyecto. Con Aznar se elaboraron hasta tres textos diferentes, en 1998, 2002 y 2003. Este último, había sido ya pactado con los sindicatos e iba a ser aprobado en el 2004, pero el nuevo cambio en el Ejecutivo volvió a paralizarlo.