El Tribunal Supremo no autoriza la revisión de la sentencia de Miguel Hernández

EFE

ESPAÑA

El poeta fue condenado a la pena de muerte en 1940.

16 feb 2011 . Actualizado a las 19:37 h.

El letrado Carlos Candela, redactor de la solicitud de anulación de la condena a muerte dictada contra el poeta Miguel Hernández, ha dicho hoy que la decisión del Tribunal Supremo de no autorizar la interposición de un recurso para revisar la citada sentencia «no es, desde luego, la que todos esperábamos».

«No se han esforzado mucho», ha afirmado Candela, en alusión al trabajo de análisis jurídico que ha realizado la Sala Quinta o de lo Militar del Tribunal Supremo (TS), que hoy ha decidido denegar a los familiares del poeta la autorización para interponer recurso de revisión de la sentencia por la que el poeta fue condenado, en enero del 1940, a la pena de muerte.

En declaraciones a Efe, el abogado, que ha reiterado que la decisión del TS no le gusta, ha manifestado que el Tribunal ha optado por hablar de «injusticia radical» y no de «nulidad». De hecho, el pleno de la Sala de lo Militar argumenta que tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Histórica esa condena por motivos políticos e ideológicos ya ha sido reconocida «como radicalmente injusta» y se ha declarado «su ilegitimidad por vicios de fondo y forma», por lo que carece actualmente de vigencia jurídica.

Los familiares y la Comisión Cívica para la Recuperación de la Memoria Histórica de Alicante pidieron el pasado mes de julio la revisión y anulación de la sentencia de pena de muerte al considerar insuficiente la Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal del poeta que el Gobierno les había entregado en marzo del año pasado, cuando se cumplieron cien años de su nacimiento.

Muerte temprana

El poeta fue condenado por delito de adhesión a la rebelión a la pena de muerte en una sentencia dictada por el Tribunal de Prensa de Madrid, que posteriormente fue conmutada por una pena de 30 años de prisión, que no llegó a cumplir, ya que murió en la cárcel en 1942.

«Queríamos que desapareciera la sentencia, pero no ha sido así», ha dicho Candela, quien ha recordado que la Ley de Memoria Histórica «no abordó el problema» de la revisión y anulación de sentencias, «por lo que la única vía que nos quedaba era la judicial».

Preguntado por la posibilidad de que la decisión del TS sea recurrida ante el Tribunal Constitucional, Candela ha afirmado que se estudiará cuando reciba el auto y la argumentación del órgano constitucional.