El Tribunal Constitucional hace pública su sentencia sobre el recurso del PP contra la ley que permitió casarse a los gais
15 nov 2012 . Actualizado a las 15:40 h.El Tribunal Constitucional ha hecho pública su sentencia sobre el recurso del PP contra el matrimonio homosexual. En ella argumenta que éste es «un derecho constitucional» de todos y que una lectura «evolutiva» de la ley fundamental no lleva a la conclusión de que el matrimonio heterosexual sea el único «constitucionalmente legítimo».
Así, la sentencia argumenta que una interpretación de la Constitución como un «árbol vivo» ha llevado al alto tribunal a concluir que la Ley del Matrimonio Homosexual, contra la que recurrió el PP, no «desnaturaliza» esta institución.
El Tribunal Constitucional confirmó el 5 de noviembre que valida la reforma del Código Civil impulsada en el 2005 por el Gobierno socialista de José Luis Rodriguez Zapatero, que permitió contraer matrimonio a las parejas homosexuales y les garantizó idénticos derechos legales que a las tradicionales uniones heterosexuales, incluidos los de sucesiones y adopción.
Después de siete años de tramites y debates, el pleno del Constitucional aprobó con un amplio respaldo (8 contra 3) el borrador de sentencia elaborado por el magistrado Pablo Pérez Tremps, que rechaza el recurso de inconstitucionalidad interpuesto el 30 de septiembre de 2005 por el PP y ratifica que el término «matrimonio» es lícito para describir las uniones civiles entre personas del mismo sexo y perfectamente compatible con lo dispuesto en la Carta Magna de 1978.