El Director de Prisiones admite que los violadores tienen alta tasa de reincidencia y no caben medidas de control

Europa Press

ESPAÑA

Ángel Yuste defiende la doctrina Parto y anuncia que no se les puede aplicar medidas de control como la libertad vigilada aprobada en el 2010

15 nov 2013 . Actualizado a las 14:21 h.

El secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, ha reconocido este viernes que violadores y asesinos en serie como los que están siendo excarcelados por la anulación de la doctrina Parot tienen «una tasa de reincidencia muy alta» y que no se les puede aplicar medidas de control como la libertad vigilada aprobada en 2010, porque las medidas penales no pueden aplicarse de forma retroactiva. «Son personas altamente temibles, con componentes y desestructuraciones en la personalidad que hace que tengan una tasa de reincidencia muy alta», ha dicho en declaraciones a la Cope recogidas por Europa Press. Según ha explicado, estos delincuentes son «criminológicamente muy difíciles de condicionar» por el tratamiento penitenciario y la posibilidad de entrar en prisión no ejerce sobre ellos la misma «intimidación» que sobre los «ciudadanos normales».

Por eso, Yuste ve «lógica» la preocupación generada por la excarcelación de delincuentes como el Violador del portal o el Violador del ascensor, tanto por parte de sus víctimas como de otros ciudadanos, «posibles y potenciales víctimas».

El responsable de Instituciones Penitenciarias ha recordado que tras la reforma del Código Penal de 2010 los delincuentes sexuales pueden estar sometidos a medidas de libertad vigilada una vez que cumplen condena y que estas medidas se ampliarán a más delitos con la reforma en curso.

Sin embargo, ha recordado que las normas penales desfavorables para los condenados no pueden aplicarse de manera retroactiva a quienes fueron condenados con otro Código Penal.

Defiende la Doctrina Parot

Además, ha defendido la doctrina Parot como «la fórmula que había conseguido armonizar mejor los principios de justicia y proporcionalidad» a los condenados con el Código Penal de 1973, que obtuvieron redenciones de sus penas haciendo trabajos en prisión. Para Yuste, ese mecanismo de redención de penas es «casi una reliquia jurídica», que en su origen estaba ligado a la necesidad de «reducir el contingente de presos después de la Guerra Civil», y no para este tipo de delitos para los que el Código Penal de 1973 contemplaba la pena de muerte, que fue abolida al llegar la democracia.

Eso sí, ha garantizado que la reducción de pena a cambio de trabajos es un mecanismo controlado judicialmente y que la administración penitenciaria no puede aplicar por sí misma reducciones de condena. También ha defendido, sobre las excarcelaciones tras la anulación de la 'doctrina Parot', que una vez que los jueces dictan una resolución Instituciones Penitenciarias sólo puede ejecutarla.