Entra en vigor la reforma de la ley del «solo sí es sí» que endurece las penas para agresiones sexuales con violencia e intimidación

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una sesión plenaria del Senado
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una sesión plenaria del Senado Fernando Sánchez | EUROPAPRESS

Irene Montero ha rechazado los cambios porque asegura que suponen un «retroceso para las mujeres perpetrado por el PSOE y el PP» y ha atribuido las reducciones de condenas a un problema de los jueces

29 abr 2023 . Actualizado a las 18:11 h.

La reforma de la ley del «solo sí es sí» aprobada en el Congreso de los Diputados, que modifica la horquilla de penas para la agresión sexual con violencia e intimidación entra en vigor hoy tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los cambios introducidos en la norma supondrán elevar el castigo en hasta dos años de prisión con respecto al texto impulsado por el Ministerio de Igualdad, después de haber provocado 978 rebajas de pena y 104 excarcelaciones tras la aplicación de la norma, que entró en vigor el 7 de octubre.

Esto se debe a que el texto regresa a la horquilla de penas, de uno a cinco años, que se recogían para las agresiones sexuales en el Código Penal del 2010, la última reforma que sufrió esta norma antes de volver a cambiar con la ley del «solo sí es sí».

Los cambios introducidos se aplicarán, no obstante, a los delitos de agresión sexual que se produzcan a partir de este sábado y no impedirán las revisiones de penas a agresores sexuales ya condenados, debido a que los reos se benefician de la ley en vigor más favorable para ellos, según informa Europa Press. Y, según la presidenta del Observatorio de la Violencia de Género, Ángeles Carmona, aún «se verán muchas reducciones de condenas por agresión sexual».

Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), casi un millar de agresores sexuales han visto reducidas sus condenas y un centenar han sido excarcelados desde el 7 de octubre que entró en vigor la ley. La Ministra de Igualdad, Irene Montero, ha rechazado los cambios por considerar que suponen un retroceso para las mujeres y ha atribuido las reducciones de condenas a un problema de aplicación de la ley por parte de los jueces.

Por su parte, la Sala Penal del Tribunal Supremo tiene previsto analizar el 6 de junio en un pleno monográfico la veintena de recursos que ya tienen sobre la mesa, tanto de la Fiscalía como de otras acusaciones o defensas, «contra autos de audiencias provinciales que han revisado sentencias firmes».

La ley mantiene ahora la redacción de los dos primeros puntos redactados por el Ministerio Igualdad, que señalan que: «solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona» y que «se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa».

Pero sí se incluye un nuevo tercer punto para recoger que «si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con pena de uno a cinco años de prisión».

Violación con violencia

En este sentido, se modifica también el artículo 179. Si en la ley del «solo sí es sí» se recogía una pena de cuatro a doce años para las agresiones con penetración (violación), el nuevo texto añade que en el caso de que esta violación incluya violencia e intimidación esta horquilla de penas es de 6 a 12 años, como rezaba el texto del 2010.

En el caso de los agravantes, el nuevo texto también regresa al Código Penal anterior a la ley del «solo sí es sí», aunque adaptándose a la propuesta que ahora hace al distinguir agresiones sexuales con o sin violencia. Así, se incluyen las horquillas de Igualdad —de 2 a 8 años y de 7 a 15 años, en los casos de agresión sexual con o sin penetración, respectivamente— y recupera las horquillas existentes en el Código Penal anterior al «solo sí es sí», de 5 a 10 años y de 12 a 15 años, para los nuevos subtipos que propone ahora: agresiones sexuales con violencia, con o sin penetración.

Del mismo modo, se añaden varias disposiciones transitorias en las que se asume que la norma será de aplicación para delitos cometidos antes de su entrada en vigor si es más favorable para el reo y que se tendrán en cuenta las penas que corresponderían al hecho enjuiciado con la aplicación de las normas completas del Código Penal anterior a la reforma y las que se establecen con ella y la posibilidad de imponer medidas de seguridad.

En todo caso, establece que el reo será oído. Además, el nuevo texto determina que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) podrá asignar la revisión de las sentencias firmes a uno o varios juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias Provinciales y que se procederá a la revisión del penado que esté cumpliendo efectivamente la pena aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y «no por el ejercicio del arbitrio judicial».

Negociaciones con el PP

Estos son los puntos que el PSOE mantiene de su texto original que registró el pasado mes de febrero. Pero durante la tramitación, los socialistas ha incluido algunas medidas, que según ellos son «técnicas», y que nacen de la negociación con el PP.

A través de estas modificaciones, el texto incluye un artículo que corrige la destipificación que la ley realiza por error de la distribución o difusión pública a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos específicamente destinados a promover, incitar o fomentar la comisión de delitos de agresiones sexuales cuando se trate de menores de 16 años.

Además, recupera la responsabilidad de la persona jurídica en los casos de trato degradante, acoso laboral o acoso inmobiliario, entre otros cambios de redacción que también se han aplicado durante la tramitación.

Ley Rhodes

Por otra parte, este texto incluye la corrección del redactado del artículo 132 de la Ley contra la violencia en la infancia, conocida como Ley Rhodes, donde se cita dos veces los delitos contra la libertad de los menores con dos plazos temporales de prescripción distintos.

Tras la aprobación de esta reforma, se resuelve este error concretando que, en el caso de los «delitos contra la libertad sexual» cuando la víctima sea una persona menor de 18 años, el plazo de prescripción empezará a contar a partir del momento en que la víctima cumpla «35 años y, si falleciere antes de alcanzar esta edad, a partir de la fecha del fallecimiento».

El consentimiento, en el centro

La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha asegurado que el movimiento feminista, a pesar del retroceso perpetrado por el PSOE y el PP en la parte penal de la reforma de la ley del solo sí es sí, seguirá «peleando para volver a situar el consentimiento en el centro del Código Penal» y para asistir al 92 % de las mujeres que sufren violencia sexual, pero no la denuncian.

Así lo ha dicho Montero este sábado en un acto en la localidad madrileña de San Fernando de Henares donde ha visitado a los vecinos afectados por las obras de la línea 7B del metro, coincidiendo con la entrada en vigor de la reforma de la ley, que fue publicada ayer por el Boletín Oficial del Estado (BOE).

«Hemos enfrentado y ya está publicado en el BOE un retroceso en derechos de las mujeres en la parte penal de la ley», ha subrayado Montero, mientras destacaba que la norma despliega por primera vez «obligaciones de carácter integral» que el Estado tiene con todas las victimas de violencia sexual.

Por ello, ha asegurado, «tenemos mucho trabajo que hacer» para lograr que haya centros de emergencia en todas las provincias abiertos las 24 horas del día y los 365 días de año antes de que termine el 2023, a los que puedan acceder las mujeres víctimas de violencia, aunque no hayan presentado denuncia.

Unos centros, que según Montero, tienen que estar dotados de psicólogas especializadas, asesoramiento jurídico gratuito y trabajadoras sociales que acompañen a las victimas en el ejercicio de sus derechos. Además, se ha referido a la necesidad de la especialización de la justicia para que los juzgados que ahora atienden la violencia en el ámbito de la pareja o la expareja se ocupen del conjunto de las violencias sexuales.