El Supremo no aplica la amnistía al delito de malversación de Puigdemont

Gonzalo Bareño / Xavier Gual MADRID, BARCELONA / LA VOZ

ESPAÑA

El candidato de Junts, Carles Puigdemont, votó por correo, pero ofreció declaraciones a los medios desde la localidad francesa de Laroque-des-Albères
El candidato de Junts, Carles Puigdemont, votó por correo, pero ofreció declaraciones a los medios desde la localidad francesa de Laroque-des-Albères Glòria Sánchez | EUROPAPRESS

Afirma que él y otros dos consejeros usaron dinero público en su beneficio

02 jul 2024 . Actualizado a las 09:34 h.

El juez instructor del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, mantiene las órdenes nacionales de detención contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, todos ellos fugados de la Justicia, al considerar que el delito de malversación por el que están acusados no es amnistiable. A su vez, deja sin efecto la orden de detención nacional y presentación acordada en su día respecto de la dirigente de ERC Marta Rovira, procesada solo por desobediencia.

El argumento de Llarena es el de que los comportamientos de los tres procesados incurren en las excepciones que prevé la ley de amnistía aprobada por Congreso, que son que la malversación se realizara con propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial y que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea.

El magistrado explica en su auto que el legislador introdujo algunas limitaciones en lo que afectan al delito de malversación. Destaca que, a diferencia del delito de desobediencia, que ha sido amnistiado en todos los supuestos, para el de malversación se excluye la amnistía «si el sujeto activo aborda la ejecución de los hechos con propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial».

Ese supuesto es para Llarena el que cabe aplicar a los acusados. «Fueron ellos quienes concibieron el plan para lograr la independencia de Cataluña y adoptaron un acuerdo de gobierno que firmaron todos ellos para asumir determinadas facturas desde sus departamentos», sostiene el magistrado, que estima que los actos de disposición del patrimonio público estuvieron «radicalmente vinculados a un beneficio personal y tuvieron un marcado carácter patrimonial, habiendo permitido que los encausados obtuvieran determinados bienes y servicios sin disminución de su peculio o patrimonio». Es decir, que pagaron con dinero público, y no con el suyo propio, lo que constituía en «un empeño personal» como el referendo del 1-O, «que no solo era ilegal, sino completamente ajeno a sus responsabilidades de gobierno y al marco de actuación y competencias de la Generalitat de Cataluña».

Fondos de la Unión Europea

Para Llarena, no se puede pretender que la amnistía se aplique «a favor de alguien» sin que se cumplan los requisitos. «No es asumible», continúa, «que el juez no analice si concurren las exigencias añadidas impuestas por el legislador para la amnistía de malversación, ni puede pretenderse que la decisión se adopte como si los presupuestos legales fueran exigencias banales que únicamente se introducen para validar la ley en abstracto».

La resolución incluye también la exclusión que prohíbe amnistiar los actos tipificados como malversación de fondos que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea. Explica que «la sola realización del referendo que habían prohibido las instituciones españolas» afectaba «necesaria y automáticamente a la configuración de España y a la dimensión territorial de la Unión Europea, con reflejo directo en los ingresos comprometidos por España».

La Sala Segunda tampoco ve amnistiable el mismo delito cometido por los condenados del «procés»

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que condenó a los líderes del procés sigue el mismo criterio que el juez Llarena y declara que el delito de malversación por el que fueron condenados varios de los acusados no es amnistiable. La Sala, presidida por Manuel Marchena como ponente de la resolución e integrada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Ana Ferrer, declara por tanto no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

El Supremo acuerda también promover una cuestión de constitucionalidad (preguntar al Constitucional) para ver si la amnistía puede aplicarse al delito de desobediencia.

El argumento de la Sala de lo Penal respalda así el criterio que defendieron los fiscales del procés Consuelo Madrigal, Jaime Moreno, Fidel Cadena y Javier Zaragoza y desechan la tesis jurídica impuesta por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que indicó que deben ser amnistiados todos los delitos por los que fueron condenados los acusados. Los magistrados aprecian que los líderes del procés incurrieron en un beneficio personal de carácter patrimonial, lo que excluye la amnistía, según la propia ley. «La única alternativa al alcance de Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, si querían coadyuvar al proyecto independentista, era disponer de los fondos públicos de la Generalitat o pagar de su bolsillo. Y optaron por la primera de las opciones», dice la Sala.

Críticas a la ley de amnistía

Al contrario que las personas ajenas a la administración pública que aportaron fondos para el propósito «de hacer realidad lo que resultó un frustrado proceso político», y que sufrieron «un decrecimiento de su patrimonio», los responsables políticos «que disponían de ingentes partidas presupuestarias y dispusieron de ellas para favorecer los mismos fines no vieron alterado su patrimonio en esas cuantías porque no les hizo falta». «El dinero de todos sirvió para no minorar el dinero de unos pocos. En definitiva, obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial», sostiene la Sala.

Pero va más allá y sostiene que «es especialmente difícil conciliar el esfuerzo de la Unión Europea por eliminar márgenes de impunidad para los malversadores con la voluntad del legislador español de dispensar un tratamiento excepcional y personalizado a unos delitos de especial gravedad, por el simple hecho de haber sido cometidos por unos concretos responsables políticos y en una determinada franja histórica».

El PSOE critica al Tribunal Supremo por meterse en el terreno de la política

La portavoz de la ejecutiva federal del PSOE, Esther Peña, consideró que la decisión del Supremo no afectará a la formación de Gobierno en Cataluña. El PSOE criticó al tribunal en un comunicado por las «consideraciones políticas» que ha hecho y que, a su juicio, son «sorprendentes e innecesarias para la labor jurisdiccional que tienen encomendada». «Es en el ámbito político y no judicial donde corresponde opinar sobre las leyes, los pactos entre diferentes fuerzas políticas y la tramitación parlamentaria de las normas», sostienen.

El líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, destacó que el Gobierno de Sánchez solo ha aprobado la ley de amnistía durante toda la legislatura y, «por lo que se ve ni siquiera saben hacerla». «Las instituciones del Estado funcionan por encima de un mal Gobierno», dijo la secretaria general del PP, Cuca Gamarra.

Podemos ve una ofensiva judicial

La líder de Podemos, Ione Belarra, denunció que el Tribunal Supremo se niega aplicar la ley de amnistía y manifestó que esta postura responde a «una dura ofensiva judicial reaccionaria».

La decisión del Tribunal Supremo de excluir de la amnistía a Carles Puigdemont y a Oriol Junqueras por malversación era esperada en Cataluña, aunque los independentistas catalanes no escatimaron en adjetivos grandilocuentes hacia la cúpula judicial. El expresidente de la Generalitat reaccionó con rapidez, comparando a los jueces del procés con la mafia siciliana, «la Toga Nostra», dijo en su perfil de X. El secretario general de Junts, Jordi Turull, que tampoco será amnistiado, fue incluso más lejos, al asegurar que «estamos ante un golpe de toga en el Estado», y acusó al tribunal de «justiciero» y de alinearse con Vox contra la separación de poderes. .

En Junts afirman que el portazo del Supremo a la amnistía no altera los planes de Puigdemont de volver a España para la investidura en el Parlamento de Cataluña. «Es una persona de palabra», señaló este lunes el número dos de la formación, que da por hecho que el expresidente «volverá para el debate de investidura», si es que este llega a producirse.

Los neoconvergentes recurrirán lo que consideran una decisión «política» ante el Tribunal Constitucional ante una decisión «política», que «vulnera las normas elementales de la democracia». También el presidente del Parlamento catalán, Josep Rull, arremetió contra el auto del Supremo, al que se refirió como una «nueva infamia de la cúpula judicial española» y acusó a sus magistrados de arrogarse «un rol político impropio en un Estado de derecho». «De nuevo, ratifico mi determinación de hacer respetar los derechos de los diputados en el Parlamento, incluido el derecho a votar y a ser votado», sentenció Rull.

También Esquerra cargó contra el alto tribunal. Los republicanos anunciaron la presentación de un incidente de nulidad y un recurso de amparo ante la no aplicación de la amnistía por malversación por participar en el referendo del 1 de octubre, que consideran «muy grave». «Sabemos el poco respeto que tienen por la democracia y la separación de poderes, por la ciudadanía y por las leyes que tienen que aplicar», señaló su portavoz, Raquel Sans. Para la formación independentista, la decisión del TS «no es ninguna sorpresa», aunque Sans se mostró segura de que «la amnistía es una ley que se tendrá que acabar aplicando».

Junqueras, hasta el 2031

En ERC, la medida afecta directamente al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, inhabilitado hasta el año 2031 por malversación. Esta circunstancia impide al exlíder del partido presentarse como candidato a unas eventuales elecciones en octubre, en caso de no prosperar la investidura de Salvador Illa, que los socialistas negocian en estos momentos con los republicanos. En cambio, Llarena sí levanta la orden de detención contra la secretaria general, Marta Rovira, huida en Suiza desde el 2017, investigada por un presunto delito de desobediencia.