La Justicia ordena investigar a Alvise por publicar una foto de la hija de Pedro Sánchez
ESPAÑA
Aprecia indicios de supuesto delito por posible revelación de secreto o vulneración de la intimidad
26 sep 2024 . Actualizado a las 16:35 h.La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha ordenado la «apertura de instrucción» de una denuncia de la Fiscalía sobre una publicación del líder de Se Acabó la Fiesta y europarlamentario, Luis Alvise Pérez, en su canal de Telegram, con una fotografía de la hija del presidente del Gobierno, el socialista Pedro Sánchez, obtenida de su perfil privado de Instagram, cerrado al acceso público; por posible revelación de secreto o vulneración de la intimidad.
Según denunciaba la Fiscalía, la imagen mostraba el rostro de la hija de Pedro Sánchez, pero después fue sustituida por otra imagen con un «emoticono» que tapaba la cara, incluyendo el comentario de que esta persona es la «hija de Pedro Sánchez, estudia en un centro privado en Inglaterra y la traen un par de veces al mes en vuelo privado. Socialistas pero van a centros extranjeros de 40.000 euros al año, viajes de avión incluidos. La hija no tiene culpa de la hipocresía de su padre el tirano, pero es prueba de ello y España lo debe saber». En su denuncia, la Fiscalía avisaba de que la imagen había sido tomada de una cuenta «privada» de la red social Instagram, «a la que no se tiene acceso en abierto».
El juzgado ordenó el archivo de la causa considerando que aunque «Alvise» Pérez hizo «un uso indebido de la imagen durante tres minutos», no habría trascendencia penal por la «casi inmediata rectificación» de la publicación y la condición de persona adulta de la aludida, así como la «nula afectación a su dignidad personal» al no mostrar «actitudes íntimas o reservadas».
Pero ante el recurso de apelación de la Fiscalía, la Sección Séptima de la Audiencia señala que aunque se trata de una fotografía «aséptica», la imagen, «unida a la información de su nombre y la filiación, con las características de ser hija del actual presidente del Gobierno, sí supone un dato que podría calificarse técnicamente de reservado de carácter personal».
Para el tribunal, los hechos podrían encuadrarse en los puntos primero y tercero del artículo 197 del Código Penal, que castiga la revelación de secretos o vulneración de la intimidad de una persona sin su consentimiento.
Por eso, la Sección Séptima de la Audiencia estima parcialmente el recurso de la Fiscalía, revoca la decisión del juzgado de archivar la causa y ordena la «apertura de la instrucción» sobre los hechos en cuestión.