Harto de ver motos aparcadas en la acera, arremete contra ellas en Madrid: tira siete en menos de 30 metros
ESPAÑA

Se viralizan las imágenes de un vecino de la capital y el debate llega a las redes. ¿Es justificable semejante vandalismo por ocupar de forma indebida con los vehículos un espacio público destinado a los peatones?
01 jun 2025 . Actualizado a las 10:00 h.La humanización del espacio público en entornos urbanos favorece que vecinos y peatones puedan disfrutar más al salir a la calle. Se prioriza así el transporte público y las soluciones de movilidad personal en medios como bicicletas o patinetes. También, se reducen las emisiones contaminantes en lugares con tránsito de gente. Claro que la ampliación de aceras tiene un gran inconveniente para quienes se mueven en coche o en moto: la falta de plazas de aparcamiento. Lo sucedido en las calles de Madrid en las últimas horas con un vecino no ha hecho más que avivar este debate. En un vídeo grabado desde un vehículo estacionado, un hombre arremete contra las motos aparcadas en la acera. En un trayecto de apenas 30 metros derriba un total de siete. Las imágenes, subidas a múltiples perfiles en redes sociales, se han viralizado y están siendo ampliamente comentadas.
Para algunos, es injustificable que actúe de esa forma contra los vehículos. Mientras que otros tratan de defender al autor de este ataque vandálico, al señalar que no está permitido ocupar las aceras con motocicletas. En todo caso, nunca debió tomarse la justicia por su mano.
Son ordenanzas dictadas por cada municipio las que rigen en estos casos, y es cierto que con carácter general no suele estar permitido aparcar las motocicletas en aceras, ya que están reservadas al tránsito peatonal. De hecho, consultando la normativa aplicable en este caso, la del Ayuntamiento de Madrid, se constatan las limitaciones pare este tipo de vehículos. Así, «las motos y ciclomotores de 2 y 3 ruedas se estacionarán preferentemente en las reservas situadas en la banda de estacionamiento y, en su defecto, en el espacio no reservado de dicha banda de estacionamiento de forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 metros», señala la norma. Aunque eso sí, indica las siguientes excepciones, en las que sí podría aparcarse en el espacio peatonal:
- Solo se puede estacionar en calles no peatonales.
- Solo podrá estacionarse cuando no lo prohíba la señalización y no exista banda de estacionamiento (si existe banda de estacionamiento deberán estacionar en ella).
- Deberá estacionarse en una única línea a 80 centímetros del bordillo, de forma: paralela en aceras de menos de 6 metros de ancho y en semibatería o ángulo en aceras de más de 6 metros de ancho.
- Será obligatorio dejar tres metros de espacio libre para el tránsito peatonal (que se contará desde el límite interior de la acera bici a la fachada de inmuebles en el caso de que la acera disponga de acera-bici).
- Deberá dejarse 2 metros libres respecto de los pavimentos tacto visuales y encaminamientos incluidos a paradas de transporte público.
- Prohibición en particular de estacionar sobre pavimento tacto-visual y en todo caso en zonas señalizadas como de prioridad peatonal.
- Además, se prohíbe el estacionamiento en: El ámbito peatonal de reservas de seguridad, reservas para vehículos de personas con movilidad reducida (PMR), paradas de autobús (22 metros antes y 5 metros después del punto de parada en el sentido de la marcha) y de taxi. También sobre tapas de alcantarillas, registros y servicios. No se permite tampoco en zonas peatonales que no sean acera, en ampliaciones provisionales de acera o en el ámbito peatonal de los contenedores de residuos.
Atendiendo a esta regulación, se observa en el vídeo difundido a través de internet, que en la zona hay un área de aparcamiento disponible y parece que no queda un espacio libre de tres metros para los peatones. Dos razones que podrían suponer sanción para los propietarios de las motos mal aparcadas.