Condenan a 25 años y medio de cárcel por un primer crimen al acusado de matar a cinco homosexuales en Bilbao

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

Nelson David Moreno durante el juicio en la Audiencia Provincial de Vizcaya
Nelson David Moreno durante el juicio en la Audiencia Provincial de Vizcaya Miguel Toña | EFE

El magistrado-presidente le absuelve de usurpación del estado civil al hacerse pasar por la víctima para desvalijar sus cuentas porque «no tuvo permanencia en el tiempo»

04 jun 2025 . Actualizado a las 18:45 h.

El acusado de matar a cinco hombres en Bilbao a los que conocía en aplicaciones de citas gais, declarado en mayo culpable de asesinato del primero de los crímenes, ha sido condenado a un total de 25 años y medio de prisión por este caso.

El individuo ya fue condenado en el pasado en otra causa a diez años de prisión por intento de homicidio, así como a dos años y tres meses por un delito de estafa continuada tras vaciar las cuentas de otra víctima.

En la sentencia conocida este miércoles, el magistrado-presidente del tribunal del jurado de la Audiencia de Vizcaya ha impuesto al procesado 23 años de cárcel como autor de un delito de asesinato doblemente cualificado con alevosía y ejecución del hecho para facilitar la comisión de otro delito, en concurso medial con un delito de robo con violencia en casa habitada.

Ha fijado además una pena de 2 años y 6 meses de cárcel como autor de un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Por contra, el procesado ha sido absuelto del delito de usurpación de estado civil al considerar que «no se da la nota de permanencia en el tiempo ni la apropiación por el suplantador de los derechos y obligaciones de la persona afectada».

La sentencia, contra la que cabe la interposición de recurso en el plazo de diez días, le impone también en concepto de responsabilidad civil una indemnización a los familiares de la víctima que se eleva en conjunto hasta los 156.740 euros.

El juicio

La sección sexta de la Audiencia de Vizcaya acogió el pasado mes de mayo el juicio contra este joven de origen colombiano que mantiene abiertas cuatro causas por homicidio, aunque la Ertzaintza estima que son hasta siete las muertes en las que podría estar implicado.

Tras cinco sesiones en las que su defensa solicitó su absolución, el jurado declaró finalmente al acusado culpable de asesinato, robo con violencia, estafa y usurpación del estado civil.

La sentencia dada a conocer hoy considera probado que el 17 de octubre del 2021 acudió al domicilio de la víctima, en el Casco Viejo de Bilbao, y con el ánimo de acabar con su vida o asumiendo plenamente el riesgo procedió a estrangularle mediante una técnica conocida como «mataleón».

El condenado recurría a aplicaciones de contactos entre hombres para interactuar con varones homosexuales que vivieran solos de tal forma que, «con la expectativa de mantener una relación sexual, la víctima de ningún modo podía esperarse ese comportamiento sorpresivo». De acuerdo al veredicto del jurado, se considera probado que mató a la víctima «con la finalidad de obtener acceso a sus datos y cuenta bancaria para llevar a cabo operaciones patrimoniales ilícitas a su favor».

También determina como acreditado que tras el crimen llamó a una entidad financiera para hacerse con la clave de acceso a la banca digital del fallecido.

Otros crímenes

Además, se reconoce que resulta «plenamente razonable» que el jurado destaque, como un elemento de juicio más, la implicación del acusado en otros hechos «de factura idéntica». Por contra, los siete hombres y dos mujeres que lo conformaban no hallaron motivos para estimar acreditado que el acusado atentara contra la vida de la víctima por su orientación sexual.

El jurado sí le declaró responsable del delito de usurpación del estado civil, pero el magistrado-presidente indica que la simulación de la identidad de la víctima fue «puntual», como medio para la comisión del delito patrimonial.

Advierte que no se da por ello la nota de permanencia en el tiempo ni la apropiación por el suplantador de los derechos y obligaciones de la persona afectada como para condenarle por ese delito.