Begoña Gómez planta al juez Peinado para que le concrete su imputación en la causa por malversación

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

El abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, a su llegada a la citación del juez Peinado
El abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, a su llegada a la citación del juez Peinado Diego Radamés | EUROPA PRESS

Fiscalía y defensa de la esposa del presidente del Gobierno piden archivar la pieza de malversación y las acusaciones que testifique Sánchez

27 sep 2025 . Actualizado a las 20:14 h.

La Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez han pedido al juez Juan Carlos Peinado que archive la investigación que dirige por presunta malversación en el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora de Moncloa, mientras que las acusaciones populares han solicitado que se cite como testigo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.

Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que así se ha pronunciado el ministerio público y el abogado de Gómez, el exministro socialista Antonio Camacho, y las acusaciones dirigidas por Hazte Oír en la «comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado» celebrada la tarde de este sábado durante más de una hora y media.

El titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid fijó esta vista con el fin de informar a los investigados -Begoña Gómez, su asesora, y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre- de que ha transformado las diligencias relativas a esta pieza separada para que, en caso de que sean juzgados por malversación, lo haga un jurado popular, es decir, ciudadanos y no un tribunal conformado por jueces.

No obstante, Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Francisco Martín Aguirre han optado por no acudir al juzgado y enviar únicamente a sus letrados a la comparecencia. Según las fuentes consultadas, se han amparado en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995 sobre el proceso ante el tribunal del jurado, que fija que la presencia de los investigados en la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado «no es indispensable».

Dicha circular sostiene que en este tipo de comparecencias solo se concretan los términos de la imputación y es suficiente con que acuda la defensa del investigado porque «no se practican diligencias de instrucción y por tanto, tampoco la declaración del imputado».

La vista, que finalmente se ha celebrado sin la presencia de los tres investigados, tiene lugar seis meses después de que el juez acordara abrir una pieza separada para investigar si se produjo un desvío de dinero público en la designación de la trabajadora de Moncloa y si esta desempeñó funciones privadas para la mujer del jefe del Ejecutivo en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).