La Comisión de Venecia insiste en que el modelo de elección del CGPJ no cumple los estándares europeos
ESPAÑA

El organismo dependiente del Consejo de Europa subraya que el proceso debe estar protegido «de cualquier influencia política», tanto externa como interna y pide medidas adicionales
12 oct 2025 . Actualizado a las 05:00 h.La Comisión de Venecia del Consejo de Europa concluyó este viernes que el modelo propuesto para elegir a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no garantiza lo suficiente la independencia de este organismo. En su informe, señala que las opciones dadas «difieren en la participación del Parlamento en el proceso electoral», y que ninguna de las dos logra «descartar la politización interna», por lo que recomienda medidas adicionales.
Tras la renovación del CGPJ, la Comisión Europea instó a España a renovar «inmediatamente» el proceso de elección de este organismo para que se alineara con los estándares europeos. En ese proceso, la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, pidió a la Comisión de Venecia su opinión sobre dos modelos de selección. El primero prevé la elección directa de los miembros judiciales por los demás jueces, entre candidatos respaldados por al menos 25 magistrados o una asociación judicial. La Comisión concluye que esta opción «cumple con el criterio de elección entre pares, pero no basta para descartar la politización interna, y recomienda medidas adicionales».
La segunda opción prevé que sea el Parlamento el que elija a los candidatos judiciales por una mayoría de tres quintos, en base a una lista de candidatos elegidos por los jueces (que sean respaldados por 30 jueces o por una asociación de la judicatura). En este caso, la Comisión de Venecia apunta que, «si bien se introduce una fase de elección directa por parte de los jueces», este modelo «no cumple con el criterio de elección entre pares, ya que deja la decisión final en manos de un órgano político».
En ese sentido, subraya que los estándares europeos fijan que «los miembros del CGPJ deben ser elegidos por sus pares, de forma que se garantice una amplia representación del poder judicial». Abre la puerta, eso sí, a que los miembros no jueces del Consejo de la Judicatura puedan ser elegidos en el Parlamento por mayoría cualificada. En definitiva, la Comisión concluye que el proceso de elección «debe estar protegido no solo de la influencia política externa, sino también de la interna». O lo que es lo mismo, «no solo de los actores políticos, sino también de dependencias indirectas o alineamiento con esos actores políticos, en particular a través de asociaciones judiciales».