Incrementan de 15.000 a 30.000 euros la indemnización a una mujer que tenía cáncer de colon y le diagnosticaban gases

Bea Abelairas
Bea Abelairas FERROL

FERROL

Sede del Tribunal Superior de Xustiza, en A Coruña.
Sede del Tribunal Superior de Xustiza, en A Coruña. PACO RODRÍGUEZ

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revoca una resolución que consideraba que no había retrasos en el tratamiento

01 feb 2023 . Actualizado a las 22:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revoca una sentencia y eleva la indemnización a una paciente que estuvo cerca de una década en consultas por unas molestias que se trataban como gases, pero que resultaron ser un cáncer de colon que le ha dejado importantes secuelas. El fallo de reconoce un retraso en el diagnóstico motivado, entre otras causas, en la falta de exploración y de solicitud de pruebas en la primera fase de la enfermedad. De hecho, la mujer consultó los primeros síntomas en el año 2011: «Acudió el 8 de julio de 2011 al centro de salud de Neda, porque tenía dolor abdominal en la zona inguinal izquierda, y que le afectaba a la parte de atrás de la espalda. Como tenía antecedentes ginecológicos de metrorragias de evolución se le realizó una ecografía de abdomen, y el 5 de agosto de 2011 se emitió informe de radiología, siendo diagnosticada de gases; recetándole dieta y medicación para gases. Se le realizó también analítica de sangre, resultando ferropenia sin anemia; se le prescribió tratamiento con hierro, y nueva analítica en tres meses. Poco después, acudió de nuevo al centro de salud porque el dolor aumentaba, y se extendía», precisa la apelación contra el Servizo Galego de Saude, Segurcaixa Adeslas S.A. de Seguros y Reaseguros.

Al año siguiente acudió de nuevo a su médico. Y también en el 2014, cuando ya presenta una reclamación «a la vista de que no la llamaban para su cita en Digestivo, y porque su situación empeoraba con sangrados continuos y con dolor». El 29 de mayo de 2014 le llega el diagnóstico: «Adenocarcinoma sobre adenoma velloso, y el 23 de junio de ese año fue sometida a intervención quirúrgica, procediéndose a la amputación abdominoperitoneal; desde entonces la demandante lleva una bolsa por colostomía» y sufre otras muchas secuelas derivadas de la enfermedad.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) estima que hubo una «errónea valoración de la prueba practicada». Revoca la primera sentencia que solo reconocía un retraso en el diagnóstico de meses, cuando en realidad fueron tres años que pudieron ser cruciales en la malignización del tumor, aunque los peritos médicos consultados para el caso no se pronuncian claramente al respecto: «Así, se considera que es errónea la consideración que se hace en la sentencia apelada de que únicamente hubo un retraso de ocho meses en el diagnóstico y que el mismo no fue relevante para la evolución de la patología y para el tipo de tratamiento a aplicar y resultado de este. Se considera por la recurrente que realmente el retraso en diagnóstico habría de fijarse al menos en tres años, desde que en el año 2011 la demandante acudió a consulta con molestias abdominales y zona inguinal izquierda; y sin que, en cualquier caso, pueda aceptarse lo afirmado de que nada hubiera cambiado en la evolución de la enfermedad si no existiese esa demora en diagnóstico».

Sobre la indemnización el TSXG explica que se incrementan los 15.000 euros «reconocidos ya por la Administración, atendiendo a lo que ha de indemnizarse en estos casos, que es una especie de daño moral por la incertidumbre en torno a la secuencia que hubieran tomado los hechos de haberse seguido en el funcionamiento del servicio otros parámetros de actuación, se considera procedente incrementar la cuantía indicada, considerando indemnizaciones que se suelen reconocer para casos similares y que se ajustan más al resarcimiento de ese daño moral, fijando la cantidad debida en 30.000 euros, que fue también barajada por la propia Administración».