Deniegan la incapacidad a una mujer con seis dolencias porque puede trabajar en una academia
FERROL
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma la decisión de un juzgado de Ferrol
28 mar 2023 . Actualizado a las 21:15 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de emitir una sentencia que deniega la incapacidad a una mujer con seis dolencias severas. El tribunal confirma el fallo emitido por un juzgado de Ferrol en marzo del año pasado y considera que los dolores que a la demandante le causan todas estas enfermedades no le impiden desarrollar su trabajo como profesora de academia.
En concreto, la mujer sufre lupus eritematoso sistémico activo, una enfermedad autoinmune que a esta mujer le ocasiona fotosensibilidad. También padece síndrome Sjógren, otra dolencia autoinmune crónica, que ataca a las glándulas salivales y a las lagrimales. Otro de sus diagnósticos es el eritema nodoso, un trastorno inflamatorio que consiste en protuberancias (nódulos) rojos y sensibles bajo la piel, que desaparece normalmente en un plazo máximo de seis semanas.
Sin cura
Todas estas enfermedades tienen tratamiento, pero no una cura definitiva. La docente tiene, asimismo, tres hernias discales cervicales, pero el fallo relata que «no constan filiadas, en cuanto a su gravedad y limitaciones, por lo que no tienen que tener naturaleza invalidante». Sufre una discopatía que «tampoco consta filiada en cuanto a su gravedad y limitaciones, por lo que no tiene por qué tener naturaleza invalidante». Por último, se describe una clínica «afectiva reactiva se deriva de los padecimientos físicos, y no consta ni que sea grave».
El TSXG concluye que las denuncias contra las resoluciones negativas del Instituto de la Seguridad Social «no pueden prosperar, pues las dolencias que la actora presenta y que constan reseñadas en el inmodificado hecho probado tercero, no le impiden la realización de las principales tareas de su profesión habitual de profesora de academia, ni tampoco la mayor parte de las principales funciones de cualquier tipo de trabajo». En consecuencia, le deniegan la incapacidad o una pensión derivada de enfermedad común. La mujer hace constar que su base reguladora asciende a 601,27 euros al mes.