Un fallo estima que Interior debe pagar los gastos de ropa a un policía que trabajaba de paisano

Bea Abelairas
Bea abelairas FERROL / LA VOZ

FERROL

Sede del edificio del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en A Coruña
Sede del edificio del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en A Coruña PACO RODRÍGUEZ

El agente, ya retirado, estaba destinado en la Comisaría Ferrol-Narón

28 nov 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de emitir una sentencia que reconoce una compensación económica para un policía nacional que no tuvo la posibilidad de trabajar de uniforme, como la gran mayoría de sus compañeros. Durante casi ocho años este agente estuvo destinado en una unidad de la Comisaría de Ferrol-Narón que requería vestir de calle, porque el trabajo se realizaba de incógnito.

Tras su jubilación en el 2021 solicitó una compensación por los años que no pudo usar el uniforme y después recurrió a la justicia cuando el órgano competente del Ministerio de Interior le denegó la solicitud de abono de los gastos de vestuario derivados de la ropa de paisano que se vio obligado a utilizar en la prestación de su servicio desde el mes de enero de 1993 hasta el 12 de diciembre de 2020.

El fallo detalla que este agente causó alta en la brigada local de Policía Judicial de la Comisaría de Ferrol-Narón el 1 de abril de 1993, y causó baja en la misma por jubilación el 12 de diciembre de 2020. Durante esos años sufragó toda la ropa y calzado que usaba en el servicio.

El TSXG estima la demanda del agente, aunque reconoce un problema a la hora de definir la cuantía de lo que debe percibir. Por eso explica que ante la ausencia de normas «no puede el Tribunal fijar arbitrariamente una cantidad, al hallarse constreñido por los límites propios de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ni tampoco realizar una declaración accediendo a la cifra» que señala la demanda y que se refiere a otras reclamaciones similares de otros agentes en las que se solicitó 45.714 euros para ocho policías en la misma situación que el destinado en la comisaría de Ferrol-Narón.

Una discriminación «injustificada» con respecto al resto de la plantilla

La sentencia recuerda que la Dirección General de la Policía provee a sus agentes de las prendas para el servicio, de forma gratuita, para aquellos funcionarios que lo desempeñen vistiendo uniforme, y sin embargo no compensa a todos los funcionarios que prestan servicio de paisano, como el demandante. Añade que esta entrega gratuita de la uniformidad implica que los funcionarios que realizan servicio de uniforme no tienen ninguna carga económica. Interior establece, sobre la base de criterios técnicos, cual es la duración aproximada de cada prenda y se reponen periódicamente o bien la solicita el funcionario cuando observa que alguna está deteriorada, a diferencia de lo cual a los funcionarios que prestan servicio de paisano.

Es por ello que el policía de Ferrol considera que entender que los funcionarios policiales que no deban llevar uniforme no tengan compensación económica supone «discriminación prohibida por nuestro ordenamiento jurídico». En este sentido, el abogado del demandante cita el artículo 14 de la Constitución española que resulta «injustificada e irrazonable esta diferencia» de trato entre unos y otros agentes.